Por falta de mantenimiento durante medio siglo, Habria que eliminar las tuberias de agua de las urbanizaciones. (ver nota )
¿QUÉ HACEN CON LA DEPURACIÓN DE LAS AGUAS RESIDUALES QUE GENERA EL AYUNTAMIENTO EN SUS ZONAS RESIDENCIALES?
Alcalde, le escribo para ponerle una tarea que, sin duda, no le resultará ajena: nada menos que la gestión hídrica, esa que la Unión Europea ha envuelto en celofán legal bajo el título de la Directiva 2000/60/CE, también conocida como la Directiva Marco del Agua.
A todos los que se les ve felices por cumplir la Ley de Residuos creando
la tasa de recogida PAP de podas, habría que exigirles que expliquen, ¿qué hacen con la depuración de las aguas residuales que genera el
Ayuntamiento en sus zonas residenciales? o también qué parte de la riqueza,
economía, que generará la renovación de las redes de agua de las urbanizaciones
revertirá en el propio municipio de Valdemorillo y no se perderá en manos de
gestores del CYII, que prometen salvar: ríos y lagos,
asegurando que todo esté en un "buen estado".
Ya sabe que la mayoría de los contribuyentes del municipio de Valdemorillo soportamos estoicamente la imposición que suponen los impuestos locales más una cuota a la entidad urbanística para, con suerte, y solo con suerte, recibir los servicios que debería garantizar el Ayuntamiento. Claro está, porque no sería de buen gusto financiar indebidamente un club social mientras el agua llega a los grifos con la presión de un suspiro y a través de tuberías de fibrocemento que celebraron su medio siglo de vida.
Todo esto, cómo no, es un brillante ejemplo de gestión municipal y de transparencia en el uso de los fondos recaudados, como bien puede atestiguar un vecindario que sigue esperando que alguien garantice esos básicos que, para variar, siguen siendo esenciales.
¿Qué significa "buen estado"? Parece que involucra calidad, cantidad y sostenibilidad, que son palabras tan bonitas como ambiguas. Y claro, como nunca nos hemos quedado atrás en estas cosas, no tardó en transponer la directiva al ordenamiento jurídico patrio, haciendo gala de su habitual eficiencia administrativa con la Ley 62/2003. Esta ley no solo ajusta el Real Decreto Legislativo 1/2001 sobre Aguas, sino que, de paso, introduce medidas fiscales y sociales. Vamos, que regula el agua y, si les da tiempo, también arreglan el mundo.
Entrando la Comunidad de Madrid, y en concreto en el Ayuntamiento de Valdemorillo con la inestimable colaboración del Canal de Isabel II, quien manda, parece que han decidido ser los campeones locales del agua. Se han propuesto garantizar agua potable suficiente y de calidad para todos los vecinos (aunque nunca aclaran cuántos litros al día consideran "suficientes").
NOTA
Los mayores problemas vienen con la retirada y la manipulación de las mismas, en este proceso el fibrocemento desprende partículas de amianto que está comprobado que son cancerígenas, por lo que hay que seguir unas estrictas medidas de seguridad. Por lo tanto, se debe realizar por una empresa especializada e inscrita en el RERA (Registro de Empresas con Riesgo de Amianto).
Profesor González, ¿se supone que hay que cambiar todas las tuberías de las urbanizaciones por ser de uralita?
ResponderEliminarPilar, hay mucha gente que ignora este problema del que hay tener en cuenta únicamente con tuberías deterioradas, ya que las tuberías de uralita están hechas de fibrocemento, un material que contiene amianto. El amianto es una sustancia peligrosa cuando libera unas pequeñas fibras que, al ser inhaladas o ingeridas, pueden causar problemas graves de salud.
EliminarEl amianto tiene una vida útil de unos 30 años. Después de este tiempo, el material puede empezar a deteriorarse y liberar estas fibras microscópicas. Si las tuberías están dañadas, las fibras pueden entrar en contacto con el agua que circula por ellas, lo que representa un riesgo si el agua es para consumo humano.
En Europa, el uso de amianto está prohibido desde 2005 por su peligrosidad. En muchos lugares, es obligatorio retirar las tuberías de fibrocemento, especialmente si están deterioradas o si transportan agua potable.
La retirada y manejo de materiales con amianto debe ser realizada por empresas especializadas y autorizadas. Estas empresas siguen estrictas medidas de seguridad para evitar que las fibras se liberen al ambiente y gestionan los residuos de forma adecuada. Ya que proteger tu salud y la de tu familia es lo más importante. Si tienes dudas, busca más asesoramiento profesional.
Está confirmado que el amianto tiene afecciones muy graves, cancerígenas, en el aparato respiratorio, pero no parece ser tan evidente las afecciones del amianto sobre el sistema digestivo y los efectos sobre la piel.
EliminarPor tanto la renovación de la red de agua construida con tubos de uralita, no viene motivada, principal y esencialmente, por la sustitución de este material por otro donde el amianto no sea el elemento esencial, sino por la constitución de un mercado monopolístico donde el actor único sea el Canal de Isabel II.
Quien controle el contador divisionario tendrá todo el mercado en sus manos.
Ahora toca la renovación de la red de distribución del agua de consumo, pero después vendrá la sustitución de la red de desagüe, el alcantarillado en primer lugar y seguirá con las plantas de depuración. Y en la red de alcantarillado y en los sistemas de depuración no habrá la escusa del amianto.
n Europa se están eliminando, o ya se han eliminado, los materiales que contienen asbesto debido a los riesgos asociados a su exposición. Aunque los efectos sobre la salud de ingerir fibras de asbesto no están completamente claros, algunos estudios han encontrado tasas más altas de mortalidad por cáncer de esófago, estómago e intestinos en ciertos grupos de población que han estado expuestos a estas fibras a través del agua potable. Es importante considerar estas observaciones y adoptar medidas preventivas, aunque el objetivo no es generar alarma, sino informar sobre los posibles riesgos y los esfuerzos internacionales para minimizar la exposición al asbesto.
EliminarJesus, esto es lo que hay. La Ley 7/2022, de 8 de abril, en su Disposición adicional decimocuarta, establece que los ayuntamientos disponen de un plazo de un año desde la entrada en vigor de la ley para elaborar un censo de instalaciones y emplazamientos con amianto, incluyendo un calendario público que planifique su retirada. Este censo y calendario deberán remitirse a las autoridades sanitarias, medioambientales y laborales competentes de las comunidades autónomas, quienes tendrán la obligación de inspeccionar y verificar que el amianto ha sido retirado y enviado a un gestor autorizado.
EliminarLa retirada priorizará las instalaciones y emplazamientos con mayor grado de peligrosidad y exposición a la población más vulnerable, y en todo caso, las instalaciones o emplazamientos públicos con mayor riesgo deberán estar gestionadas antes de 2028.
Fernando, en cuanto a las tuberías de suministro de agua, es importante destacar que, se utilizaron ampliamente tuberías de fibrocemento con amianto debido a su resistencia y durabilidad. No obstante, debido a los riesgos para la salud asociados con el amianto, su uso fue prohibido en 2001 mediante el Real Decreto 396/2006, que también estableció protocolos para su retirada y manipulación. Desde entonces, se han realizado esfuerzos para retirar y sustituir estas tuberías en todo el país.
EliminarEn Madrid, la empresa pública Canal de Isabel II es responsable de la gestión del suministro de agua. Esta entidad ha implementado tecnologías avanzadas, como drones e inteligencia artificial, para inspeccionar y mantener la red de alcantarillado y otras infraestructuras de abastecimiento de agua. Sin embargo, no se dispone de información pública específica sobre un plan detallado para la identificación y retirada de tuberías de fibrocemento con amianto en la red de suministro de agua de Madrid.
e
Son reiterativas las manifestaciones del gobierno municipal que justifican la implantación de la tasa fiscal sobre recogida de podas por IMPERATIVO LEGAL, por la necesidad de "CUMPLIR LA LEY 7/2022, de 8 de abril, que entró en vigor el 10/04/2022.
EliminarConsecuente con la disposición citada por el Sr. Rodríguez, con la obligación impuesta al ayuntamiento de Valdemorillo y con la fidelidad del gobierno municipal en el cumplimiento de la citada Ley, puesta en escena con la aprobación de la citada ordenanza fiscal de recogida de podas, cabe preguntar:
¿Dónde está ese censo?
¿En qué fecha, anterior al 10 de abril de 2023, se ha remitido ese censo a las autoridades competentes?
¿Cuál es el plan establecido para la citada retirada de todo material o instalaciones que contengan amianto?
Jesus:
EliminarDices en tu ulitmo comentario:
"En Madrid, la empresa pública Canal de Isabel II es responsable de la gestión del suministro de agua."
Lo cual es cierto para el municipio de Madrid, pero no a nivel global en la Comunidad de Madrid, y resulta, específicamente, ser radicalmente falso en la mayor parte de las Urbanizaciones de Valdemorillo puesto que su Ayuntamiento no ha delegado esta función en la citada empresa publica, para las zonas urbanas, cascos urbanos de las urbanizaciones no contempladas, de forma expresa, en el convenio firmado en el ejercicio del 2014.
Como todo lo demás constituye falta de gestión municipal que jamás trabajó por el interés de Valdemorillo y por eso ahora tenemos lo que tenemos. Insisto por culpa de los partidos que deberían conocer la realidad sociológica del pueblo y actuar, así lo hicieron en otros pueblos próximos a Madrid.
EliminarSin embargo procuran que las críticas de los militantes no se produzcan. Error inmenso error.
Esto del agua “tie” mucha guasa:
ResponderEliminar.. Los promotores de las urbanizaciones, sin excepción, espero no equivocarme, necesitaron agua para construirlas. Firmaron su contrato con el CANAL YII, entonces era Carrama, creo.
.. Los promotores se largaron sin terminar urbanización alguna. Pensaron que tenían bastante o que ya no les merecía la pena el esfuerzo.
.. Los promotores se “ligaron”, sí, “ligaron” es más fino, al Alcalde de turno para largarse de rositas.
.. El Alcalde de turno, pensó: “Vaya un muerto que me van a dejar”.
.. Muy cuco, el Alcalde de turno, se dijo: “No puede ser, antes de que me dejen el muerto, que se constituyan en EUCC, así ya se apañan estos ignorantes vecinos nuevos que vienen a contaminar nuestra campiña protegida”. Y se quedó tan pancho.
.. No sé, si en las demás urbanizaciones se ve, este “TOCO MOCHO”, tan claro. En el ARTICULO TERCERO de las NORMAS GENERALES de los Estatutos de, la mal llamada, EUCC Las Mojadillas dice: “Los promotores de la urbanización ejercerán las facultades que en estos estatutos se conceden al Presidente y Junta Gestora de la Comunidad hasta tanto que se forme un núcleo de copropietarios equivalente a la mitad más una de las parcelas que constituyen el polígono”.
.. Con lo cual, siguieron con el mismo contrato de agua con el CANAL YII o Carrama. Para el caso, da lo mismo.
.. Todos los Alcaldes que siguieron, ni caso hicieron. ¿Para qué? Otros llevan el muerto. Todos ellos, incluso abogados, que ahí siguen sentados, sabiendo de la ignorancia de los borregos, se olvidaron de una de sus obligaciones más importantes: El agua a los vecinos de cualquier municipio, en España, la tiene que suministrar el Ayuntamiento. Bien es cierto que puede delegar esa función en quién considere oportuno, pero, pero, pero... nunca en una EUCC.
.. Ahora, que ya lo saben, TODOS, el Ayuntamiento y las Juntas Gestoras de las, mal llamadas, EUCCs, no nos pueden cobrar el agua.
.. Yo le digo al Ayuntamiento: Cóbrelo Usted de la cuenta dónde cobra mis impuestos. Ni caso me hace. Pues yo se lo pagaré al CANAL YII, tan pronto tenga a bien hacerme un contrato para el suministro del agua que consuma.
.. De podas y cuotas, para otro día, después de Reyes. Hoy ya me he "pasao". Un rato largo.
Pasadlo bien. Andrés
Andrés, este tema me aburre ya que tenemos un gobierno municipal con escasa trasparencia e incompetente. Solo se arreglará cuando tengamos una noticia que aparezca en los periódicos. Pero es un ejemplo claro de la complejidad y los conflictos que pueden surgir en la gestión urbanística, especialmente cuando intervienen negligencias, falta de control y posibles irregularidades en los procedimientos. Que se planteen cuestiones y polémicas que reflejan preocupaciones legítimas sobre la transparencia, la rendición de cuentas y la responsabilidad política.
EliminarRespecto a la primera pregunta: ¿Cómo es posible QUE UNA ESTAFA no sirva para que nuestros gobernantes autonómicos exijan solución inmediata? Esto puede deberse a varios factores: la falta de interés político, los gobiernos priorizan temas que tienen mayor impacto mediático o relevancia política inmediata, dejando de lado problemáticas locales que, aunque críticas para los afectados, no reciben la atención adecuada si no hay suficiente presión social o mediática. En segundo lugar, la burocracia y legalidad: incluso en CASOS DE ESTAFA, las soluciones suelen depender de procesos judiciales o administrativos que pueden alargarse años, y la administración pública puede alegar que no tiene competencias directas para intervenir mientras no haya una resolución judicial. La influencia de intereses privados: la relación entre promotores, empresas y administraciones puede generar conflictos de interés, y si no hay un control riguroso, las irregularidades pueden quedar impunes o en un limbo jurídico que dificulte las soluciones. Y finalmente, LA FALTA DE PRESIÓN CIUDADANA ORGANIZADA: aunque los vecinos afectados son los más perjudicados, la fragmentación o falta de coordinación en sus demandas puede diluir el impacto de sus reclamos.
¿CÓMO ES POSIBLE QUE AÚN EXISTAN VECINOS QUE CREAN QUE VIVEN EN UNA URBANIZACIÓN PRIVADA? Esto puede explicarse por la desinformación: algunos vecinos pueden no tener acceso a información clara o actualizada sobre la situación legal de la urbanización, ya sea por falta de transparencia de las autoridades o por la propagación de información errónea. También influye la falta de entendimiento del marco legal: no todos los ciudadanos comprenden las diferencias entre una urbanización privada y pública ni sus implicaciones legales y económicas. Además, hay intereses individuales: ALGUNOS VECINOS PUEDEN PREFERIR CREER QUE VIVEN EN UNA URBANIZACIÓN PRIVADA PORQUE REFUERZA SU PERCEPCIÓN DE EXCLUSIVIDAD O PROPIEDAD, AUNQUE NO SEA CIERTO. Finalmente, la inercia cultural y social: si durante años se ha mantenido la idea de que la urbanización es privada, cambiar esta percepción puede ser un desafío, especialmente si no hay un esfuerzo claro por parte de las autoridades para educar y aclarar.
Posibles acciones incluyen la presión organizada: la movilización vecinal mediante asociaciones y plataformas puede ser clave para ejercer presión a nivel autonómico y municipal; la transparencia: exigir que las administraciones ofrezcan información pública y clara sobre los pasos que se están tomando para solucionar la situación; la acción judicial colectiva: EXPLORAR DEMANDAS COLECTIVAS CONTRA LAS PARTES RESPONSABLES, INCLUYENDO PROMOTORES Y ADMINISTRACIONES NEGLIGENTES; Y CAMPAÑAS DE INFORMACIÓN: SENSIBILIZAR A LOS VECINOS SOBRE LA REALIDAD DE LA SITUACIÓN PARA CAMBIAR PERCEPCIONES ERRÓNEAS Y UNIFICAR DEMANDAS.