11/16/16

Las urbanizaciones de Valdemorillo


Después de medio siglo, parece lógico que el Ayuntamiento, proceda a su recepción
Teniendo en cuenta que las urbanizaciones han sido ejecutadas y están en uso consentido y tolerado por el Ayuntamiento de Valdemorillo, desarrollándose sobre el ámbito una actuación de edificación y concesión de licencias, han de entenderse recepcionadas de manera tácita. Produciéndose, por tanto, los efectos propios de dicha asunción de responsabilidad.
Esta barrera es un sinsentido
Hoy me atrevo a iniciar un nuevo debate que lo protagonizan el importante número de urbanizaciones que tiene Valdemorillo y que por circunstancias presupuestarias el ayuntamiento no las recepciona, pero sin embargo cobra regularmente los IBIs correspondientes.
Estoy plenamente convencido que en este foro hay ciudadanos mucho más doctos que yo en esta materia, pero la razón y la lectura me han permitido poder establecer las bases para intentar entablar el inicio de un nuevo debate, poniendo como telón de fondo las urbanizaciones de este pueblo que llevan más de cuarenta años consolidadas y no recepcionadas por el Ayuntamiento de Valdemorillo. Si por el transcurso del tiempo desde la terminación de las obras de urbanización puede deducirse de manera indubitada una puesta en servicio de las instalaciones y viales, de forma consentida y tolerada por la Administración, que incluso haya permitido y autorizado actos edificatorios y concedido licencias de ocupación, hemos de mantener que se ha producido una recepción tácita; asumiendo la Administración las responsabilidades derivadas de la conservación y titularidad plena del dominio público y concediendo las autorizaciones, licencias y concesiones que procedan por el uso y limitación a favor de los particulares del dominio público.
Entiendo yo, que la recepción de las obras de urbanización no supone la transmisión de la titularidad y propiedad de los viales e infraestructuras ejecutados, ya que éstos pasan a ser de titularidad municipal desde la aprobación del correspondiente instrumento de equidistribución (Proyecto de Reparcelación) y su posterior inscripción en el Registro de la Propiedad, que nada tienen que ver con el momento de la recepción de las obras de urbanización que lo único que hace es determinar el nacimiento de la responsabilidad de la Administración en la conservación y mantenimiento de las obras de urbanización, así como su puesta en uso y servicio.
El PGOU de Valdemorillo, que fracaso por razones aludidas con anterioridad, no tenía presente la realidad de las urbanizaciones que seguían deteriorándose lentamente sin que el consistorio hiciera gesto alguno para su asimilación urbanística pública.
Reitero nuevamente que nunca me he considerado un especialista en urbanismo y es más que posible que cometa incorrecciones. Pero considero que el objeto último de estas líneas es abrir un nuevo debate consultivo. La jurisprudencia ha establecido el criterio de la recepción tácita y le ha otorgado plenos efectos, las mismas que podría tener el acto de recepción expresa (cuando se solicita en tiempo y forma y el Ayuntamiento la recepcionada formalmente) o presunta por silencio (cuando se solicita en tiempo y forma pero el Ayuntamiento no resuelve en sentido alguno). La recepción expresa tiene un carácter formal que no impide que sus efectos se produzcan por silencio; impidiendo la voluntad de la Administración de dilatar la obligación que le incumbe al respecto; y también impide que los efectos propios de la recepción se produzcan cuando las obras de urbanización están en uso y servicio a través de una actitud de tolerancia y consentimiento de la Administración e incluso actitud activa, concediendo licencias de ocupación que requerirán de manera ineludible el uso de la urbanización (viales, servicios e infraestructuras). El acto de recepción no tiene carácter constitutivo, sino meramente probatorio o de comprobación de la idoneidad de las obras para su puesta en uso o, al contrario, para dejar constancia de las deficiencias que hayan de ser subsanadas. 
La sentencia del Tribunal Supremo de 3 de noviembre de 2006, establece los antecedentes delimitadores del litigio en su Fundamento de Derecho Primero, y que reproducimos parcialmente a continuación:
«Declara en el QUINTO que ni el Ayuntamiento puede negarse a una recepción de las obras ni puede quedar en una situación de absoluta pasividad, conforme a los artículos 2 y 3 de la LS de 1976. En el caso “la propia situación de la Administración revela que viene realizando actos, cuyos destinatarios son los titulares de propiedades en las distintas urbanizaciones, que dan a entender la recepción tácita de las mismas, en cuanto quedó acreditado en periodo probatorio que el Ayuntamiento viene girando el Impuesto de Bienes Inmuebles (y antes la Contribución Territorial), otorgando licencia de edificación y de primera ocupación, cobrando el Impuesto de Actividades Económicas, es decir, un conjunto de actos que revelan esa recepción tácita, o, cuando menos (si esto fuera así), una actitud diametralmente contraria al cumplimiento de sus obligaciones urbanísticas de control y fiscalización del estado de las urbanizaciones”.
Continuare ilustrando este tema con las aportaciones de todos vosotros  habida cuenta que el asunto afecta a mucho más de la mitad de los habitantes de este pueblo y hay un conflicto importante de intereses.




34 comentarios:

  1. Jesús: Sobre las urbanizaciones y el PGOU creo que te equivocas. Las consideraba como SUELO URBANO CONSOLIDADO. Hubiera sido un salto abismal.

    La culpa la tenemos todos los vecinos. Esto se acaba cuando nosotros queramos. Pero el problema es que no queremos. Nos quejamos cuando tenemos que pagar el IBI pero nos encanta pagarlo dos veces. Hay chanchullos por todos los sitios.
    ¿somos conscientes que el presidente de Puentelasierra cobraba un sueldo mensual de 1.800 € por llamarse gerente?
    ¿Somos conscientes de que desde el ayuntamiento se estaba incentivando el que los presidentes cobraban un sueldo?

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    1. Luis, ¿Crees tú de verdad que eso supondría un salto importante? Te rogaría que volvieras a leer el escrito preparado y posteriormente intentes meterte en ver la Jurisprudencia sobre este tema. Si el Ayuntamiento no tiene un duro y nos negamos a pagar el IBI de manera individual, te embargan y punto. Si panteras el tema de manera colegiada, otro gallo cantaría.

      La situación mantenida en el tiempo demuestra desidia y otros intereses más o menos espurios. Pero ahora debemos vivir otro momento ya no está la alcaldesa Pilar y todo lo que arrastra que no esté.

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    2. Se acaba no pagando el IBI...pero que barbaridades dice usted!

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    3. sujeto pasivo obligado por un hecho imponible,magistral-class

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    4. La valentía y el interés del PANV es admirable,pero el desconocimiento sobre algunos temas del sr Herranz es preoupante y explica a las claras sus resultados electorales.

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    5. Jesús, el I.B.I. es un impuesto cuyo hecho imponible es la mera propiedad del bien inmueble. Grava la mera titularidad. Se puede dar el caso de un ciudadano que no disfruta de su vivienda y esta obligado al pago del impuesto. Una creencia popular, derivada del nombre coloquial "contribución urbana", es que el pago de este impuesto da "derecho" a que el Ayuntamiento deba algún tipo de servicio al ciudadano. Desgraciadamente los dirigentes de la actual corporación son ferreos defensores del modelo actual. Hemos mantenido varias conversaciones con ellos en el pasado y defiende el modelo actual. Para ellos existe un diferencia entre las urbanizaciones y el "núcleo urbano histórico". Siempre les pongo el ejemplo de Huete, en Castilla-La Mancha. Huete se compone de varios núcleos de población con distancias superiores a 15 km entre sí. De cara al acceso a servicios municipales, viales, luz, agua, alcantarillado, etc, no se distingue. El Ayuntamiento de Huete es el encargado. Es decir, asimilando el caso Valdemorillo, es una distribución similar pero sin la mierda de las Entidades Urbanísticas, verdaderos reinos de taifas y caladero de los caciques más recalcitrantes del municipio. En varias ocasiones lo he comentado, expuesto y detallado y la respuesta a sido: "aquí no es posible.".

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    6. He revisado mi comentario anterior y yo no veo ninguna propuesta, ni siquiera insinuació, de no pagar el IBI. ¿donde, de que forma, yo he propuesto una especie de insumisión fiscal?

      Pero llegado a este punto ¿alguien me puede dar una razón, solo una, por la cual los ciudadanos debemos cumplir escrupulosamente la ley y el Ayuntamiento saltarse a la torera toda norma que se le pone delante?

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    7. El Sr. Herranz es un miembro más del PANV, con voz y voto igual que el resto de afiliados al partido. La explicación objetiva de los resultados electorales se soporta en la situación actual en la que muchos vecinos se nos acercan y lamentan su voto a otros partidos y que PANV no haya sacado representación mayoritaria. Así de simple y sencillo. Resultado que no afecta ni influye al PANV para continuar desempeñando sus fines y alcanzar sus objetivos.

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    8. Cita un anónimo sobre el desconocimiento que el Sr. Herranz tiene en algunos temas. Yo no le conozco. Solo le reconozco físicamente. Pero sin embargo conozco a varias personas que habitualmente le tratan y no es esto lo que dicen de él. Me dicen que si de algo no entiende dice claramente "no tengo ni puta idea". Me dicen también que han presenciado conversaciones con el secretario y éste no le callaba. Eran más convincentes las razones de este señor que las del secretario, siempre según mis conocidos en los cuales tengo confianza.

      Sobre el tema que, aquí y ahora, nos ocupa, me relatan una conversación entre los dos citados sobre el tema de las Entidades. El secretario le decía, "Luis si llevas razón" y el otro contestó. Si crees que llevo razón no me la des aquí, como a los tontos, dámela en tus escritos y en el pleno donde cambias de opinión o te callas como un puta."

      Por tanto me gustaría saber en que temas no tiene ni idea

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  2. Mateo Gutierrez - Jack El Destripador16 de noviembre de 2016, 23:18

    No tiene sentido tratar este tema de nuevo. Es recurrente. La dicotomía casco urbano-urbanizaciones refleja el nivel intelectual de Valdemorillo. En un análisis estadístico serio y riguroso se aproxima a la oligofrenia. A veces me planteo, ¿Valdemorillo está plagado de "simples"? ¿Es posible? Les están "robando la cartera" y encima aplauden con las orejas.
    D. Francisco Javier Viani Aumente, ex-presidente de Puentelasierra, actualmente vocal, no se el cargo que tenía antes ni el que tiene ahora, lo que sí se es que cobra 1.800,00 euros/mensuales aproximadamente. Los últimos acuerdos se aprueban con un 11,95% de los coeficientes. Su gestión está plagada de irregularidades de procedimiento y de gestión económica. El Ayuntamiento tiene conocimiento fehaciente de la irregularidades y guarda SILENCIO, (La Alcaldesa puede darle mucha documentación presentada por registro con múltiples denuncias) ¿que raro, el Ayuntamiento guardando silencio? Y para colmo, el Sr. Francisco Javier Viani Aumente visitando constantemente el "Centro de Poder Municipal" para no se qué. ¿Tanto hay que trabajar para intentar justificar un salario conseguido de manera ? Ah, es para concretar la recepción de la urbanización y pasar de Junta de Compensación a E.U.C.C. ¡Haberlo dicho antes, hombre!

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    1. No comprendo amigo, cómo no consideras muy importante tratar este tema cuando es un grano que nos ha salido a las urbanizaciones desde hace mucho tiempo y hay que resolver urgentemente. Yo no sé quién es quién es ese señor pero corresponde a puentelasierra utilizar los procedimientos necesarios para quitarlo del medio, si efectivamente es lo que tú dices. De cualquier manera este es un tema muy importante que hay que abordarlo de manera consistente para definitivamente resolverlo.

      Considero que ahora gema debería estar en buena posición para abordar nuevamente este asunto porque afecta a muchas personas de este pueblo y que actualmente hay urbanizaciones que tienen planteados de la de los problemas con el Canal de Isabel II que deben resolverse urgentemente.

      Algunas urbanizaciones llevan construidas casi 50 años las tuberías de acometida de agua el agua potable son de fibrocemento material denostado por resultar cancerígeno y las urbanizaciones no se encuentran en situación de abordar este tema de una manera directa.

      Desde luego soy consciente de que todas las cosas cuestan dinero pero de la misma forma que el Ayuntamiento lleva muchos años recaudando el IBI dando muy poco a cambio toque ahora apechugar a todos para resolver un problema colectivo que que afecta al pueblo de Valdemorillo

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    2. Mateo Gutierrez - Jack El Destripador17 de noviembre de 2016, 7:58

      Evidentemente, el tema es importante. No solo importante, seguramente el más importante. La cuestión es que es demencial que dure tanto en el tiempo cuando es muy sencillo. El municipio es tu TODO.
      En el caso de Puentelasierra, hacer cumplir la legalidad corresponde a sus JUNTACOMPENSANTES y al Ayuntamiento. El Ayuntamiento es, por Ley, miembro del Consejo y supervisor. El Ayuntamiento tiene constancia de las irregularidades de este individuo y NO HACE NADA. NADA DE NADA.
      Al Ayuntamiento, perroflautas incluidos, su objetivo es RECAUDAR para cobrar el día 28.
      Olvídense, la llegada de una entidad de carácter alienígena es la única esperanza de los vecinos de este querido municipio.

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  3. No resulta sencillo entender como todavía las asociaciones de propietarios no han dado un ultimátum al Ayuntamiento y seguimos en el mismo estado desde siempre y además como dice el profesor, somos mayoría en el pueblo los habitantes de las urbanizaciones.

    Se deberían celebrar asambleas en las urbanizaciones y plantear el tema con el interés claro que es la única manera de conseguir algo positivo.

    Durante años los Presidentes de las asambleas de Propietarios tenían un conchabe con el Ayuntamiento para no plantear conflicto de intereses ahora hay que esperar que esto no ocurra de la misma manera.

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  4. La primea imagen me recuerda que tengo el capó del coche un poco jodido. Necesita una reparación, pero la crisis es la crisis y me ha pillado. ¿En que urba está esta barrera?
    Gracias anticipadas.

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  5. Jesús:
    Desde las perspectivas que tu sugieres:
    Las recepciones que planteas, o apuntas, tienen sus problemas. Mi opinión:
    * La recepción expresa solamente podría ser en aquellas donde los propietarios del suelo y de las infraestructuras estén activos. Creo que solo se da esta circunstancia en Puentelasierra y La Esperanza. En el resto tales propietarios o se les ha dejado huir (después de recuperar las fianzas) o han fallecido.
    * La recepción por silencio administrativo es aun más difícil pues para ello hay que solicitarlo y solo lo pueden hacer los propietarios del suelo y de las infraestructuras. Por consiguiente solo lo podrían hacer las dos urbanizaciones anteriores. Pero tendrán que recurrir al Contencioso Administrativo. Aunque hay alguna salvedad los tribunales de esta jurisdicción son lo que son.
    * La recepción tácita, que tu no citas, es otra posibilidad. Pero para ello hay que recurrir al Contencioso. Estamos en el caso anterior. Pero en este caso ¿Quién la solicita? Difícil solución.
    * Pero es posible otra forma de recepción: la de oficio. La única posible para todas y la única racional, si es que el Ayuntamiento de Valdemorillo entiende de racionalidad
    Pero hay otras visiones:
    En general, las urbanizaciones, con el engaño de este ayuntamiento incluido en las NN.SS que decían, para todas las Unidades de Ejecución de las urbanizaciones, "deberán constituirse en Entidad Urbanística de conservación" se han constituido en las respectivas Entidades Urbanísticas Colaboradoras de Conservación. Luego lo son para conservar y no para construir (Ver sentencia recaída sobre Cerro Ampliación en el 2000).
    Y si son de conservación (salvo Puentelasierra y La Esperanza) y no están recepcionadas, yo pregunto ¿Qué tienen que conservar si no hay ni una obra, ni una infraestructura que esté realizada? Por otro lado todas las E.U.C.C. están mal constituidas. Incumplen, salvo excepción que no conozco, la normativa que estaba ya vigente cuando las NN.SS exigieron la constitución. Creo recordar, que es el artículo 46 del Reglamento de Planeamiento que desarrolla el Texto Refundido de la Ley del Suelo del 76 donde se establece la necesidad de fijar un espacio temporal. En múltiples sentencias el Supremo lo ha fijado en 5 años o hasta que alcance el 50 % de consolidación de la edificación.
    Por si hay algún escéptico, en el Ayuntamiento lo son todos, pero no dan ni una razón en contra, debo decir que el citado Reglamento está vigente a titulo supletorio pues la Ley del Suelo de la CAM no ha legislado al respecto.
    Estos razonamientos me llevan, dado que de forma general, todos los propietarios de suelos no están que solo hay una solución:
    La recepción de oficio que libremente realice el Ayuntamiento y si éste sigue en sus trece forzarle para que lo haga. ¿Cómo ? En los vecinos esta la respuesta.
    Hablo de VECINOS, con todos nuestros derechos, y NO PROPIETARIOS DE SUELO URBANIZABLE. ¿O es que se no ha olvidado que es el acto formal de la recepción la que hace que el suelo que antes era urbanizable ahora sea urbano?
    Si es urbanizable ( no urbano), ¿Qué pintan todas nuestras viviendas construidas con licencia? Si es urbanizable (no urbano) ¿Qué significan todas las licencias de primera ocupación que nos han concedido?
    Si es urbano, su mantenimiento es obligación del Ayuntamiento su conservación y si existieran E.U.C.C. la obligación del ayuntamiento es subvencionar al 100 % los costes de la conservación de las infraestructuras públicas: Viales, red de alumbrado público, zonas verdes, ….,etc. No cito las redes de agua potable y saneamiento con las que el Ayuntamiento colabora en una autentica estafa y por consiguiente dignas de un tratamiento específico.
    Pero qué curioso: la redacción del nuevo PGOU clasificaba a todos suelos de las urbanizaciones como SUELO URBANO CONSOLIDADO. Es decir recepcionado.
    ¡¡¡NOS ENGAÑAN COMO A LAS RANAS, ENSEÑANDONOS UN SIMPLE TRAPO ROJO!!!

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    1. Mateo Gutierrez - Jack El Destripador17 de noviembre de 2016, 8:03

      En Puentelasierra tenemos hasta servicio veterinario, a 2500 euros anuales. Para esterilizar gatitos. Sr. Herranz, ¿compete a una Junta de Compensación esterilizar gatitos?

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    2. Sr. Gutierrez La Entidad Colaboradora Puentelasierra tiene la misma competencia en el tema que cita, como en dar los servicios funerarios, o cobro de tributos municipales. Mire los fines de sus estatutos donde seguro no vera el servicio que en verano dan en la piscina.
      En general, como las E.U.Colaboradores se pasan en sus funciones y no se desglosa la cuota, no pueden utilizar el servicio, obligatorio que tendría el Ayuntamiento en el cobro vía apremio de los recibo mensuales.

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    3. En mi comentario se me olvidó decir que hoy en el pleno se presentan los presupuestos municipales para el 2017. Si los aprueban, en unos 10 a 15 días abrirán el periodo hábil de audiencia pública. Quiero decir con esto que los presidentes de Entidades tendrá la oportunidad de pedir al Ayuntamiento ahora y no cuando ya no haya solución, una financiación justa de las Entidades.

      Los presidentes se quejan mucho pero no hacen lo que deberían hacer: Presentar alegaciones a los presupuestos para después poderse quejar, con razón.

      Antes de fin de año sabremos lo que han hecho los presidentes de las Entidades.

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    4. Mateo Gutierrez - Jack El Destripador17 de noviembre de 2016, 13:47

      Tengo claro lo que uno de ellos hará. El presidente de Puentelasierra, Doña Heydy Paez Ricardo (así figura en el acta de su nombramiento Heydy, que no Heidi) ¡¡¡¡¡¡ATCHUNG!!!!!!, solicitará y rogará que se incremente el salario de su gerente, Don Francisco Javier Viani Aumente, y lo iguale a los 48.000 euros/anuales/brutos de nuestro alcalde Doña Gema González Fernández, faltaría más.

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  6. Tengo la sensación de que hay comentarios en este blog y en la calle que pretenden, de forma intencionada, confundir. Por esto me gustaría manifestar dos cosas:

    Las Entidades Urbanísticas de Conservación no son ni "comunidades de propietarios" ni "asociaciones de propietarios". Tienen su propia normativa por las que se rigen.

    Las urbanizaciones de Valdemorillo no son urbanizaciones privadas, sus calles, plazas, zonas verdes, etc, son tan publicas como la calle de la Nava, la Pza. de la Constitución o los jardines de la calle San Juan, por poner unos ejemplos.

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    1. Mateo Gutierrez - Jack El Destripador17 de noviembre de 2016, 13:50

      Hombre, acabo de entenderlo. Joder, joder. Nunca entendí el nombre jurídico de puentelasierra. Según los estatutos, literalmente, "Junta de Compensación Asociación de Propietarios Puentelasierra". ¿Crees que se hizo así para confundirnos a los vecinos?

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  7. Marisa Fuentes Galván17 de noviembre de 2016, 15:05

    Las Entidades Urbanísticas son entes sometidas al Derecho Público, DEPENDIENTES del Ayuntamiento. Por estar dentro de este y ejecutar parte sus funciones deberían estar sometidas a los mismos principios y exigencias de transparencia que se exige al Ayuntamiento. De esta forma conoceríamos lo que se cuece en cada una de ellas. Igual que conocemos los cargos del Ayuntamiento deberíamos de conocer cada uno de los cargos, personas, funciones, cuentas, estatutos (ahora se publican) ... en las respectivas entidades en el municipio. Así por ejemplo, en Puentelasierra, en la asamblea de la Junta de Compensación Asociación de Propietarios Puentelasierra, celebrada con fecha de 05 de marzo de 2016, en su punto 9, titulado "Renovación parcial de los miembros del Consejo", se ratifican los cargos del Consejo, y literalmente se dice:

    "Toma la palabra el Sr. Presidente para comunicar su dimisión como Presidente de la Urbanización, después de 8 años al servicio de la misma. El Consejo propone como Presidenta a Dña. Heydy Páez Ricardo que ha venido trabajando en éste durante varios años y que a día de hoy está preparada para asumir dicho cargo. También se propone a Dª Mª Isabel Santamaría Alonso (P-367) para su ingreso como nueva consejera. A su vez se informa de la baja de Dª Olga Arjona Gamez (P-42) y Dña. Laura Boisán (P-60) como miembro de este Consejo. Se somete a votación la renovación parcial del Consejo quedando la misma como figura a continuación: --- cuadro de asistentes y sentido del voto --
    Se aprueba la renovación del Consejo para el 2016 con 53 votos a favor (10,76365%), 8 votos en contra (7,46250%) y 5 abstenciones (1,14014%). Por lo tanto queda ratificado el Consejo que a continuación figura: Presidenta: Dña. Heydy Páez Ricardo (P-164) Vicepresidente: D. Roberto Bollo Fustero (P-410) Vocal: Dña. Beatriz Gil (P-457) Vocal: D. Jesús Martín Buitrago (P-442) Vocal: Dña. Maribel Santamaría Alonso (P-367) Vocal: D. Javier Viani Aumente (P-443) Como Secretario-Administrador: D. Raúl Valenciano Palomar."

    La publicidad institucional de estos entes debería ser exigida por el Ayuntamiento, es preceptiva su inscripción en el Registro habilitado en la Comunidad de Madrid, y en particular por los concejales delegados, Don Luis Hernández Puerta y Doña Charo Cámara, y ser publicados en su sección correspondiente del Portal de Transparencia del Ayuntamiento de Valdemorillo, en cumplimiento de la legislación vigente. Tomen nota y trabajen, para eso cobran.

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  8. Entiendo que el nombre es muy relevante. Asi como una empres debe llevar aparte de su nombre propio los identificativos tales como S.A, o S.L o S.A.U, o .. etc, en este caso debería ser igual.

    Yo soy de Cerro y nosotros nos llamamos E.U.C.C. ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS CERRO ALARCÓN, y como bien se dice en otros comentarios esto sirve para confundir y no saber lo que somos.

    Por precaución reservo mi nombre que el Sr. Ramos es le presidente.

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    1. Mateo Gutierrez - Jack El Destripador17 de noviembre de 2016, 17:40

      El tal Ramos, ¿tiene salario o es por amor al arte? Podría usted, Sr. Anónimo seguir el ejemplo de la Sra. Fuentes e informar a los ciudadanos de Valdemorillo la composición de la Junta Directiva. Es información pública, debería de estar publicada en el portal de transparencia. En la Comunidad de Madrid, en el Registro, la información de los cargos directivos de las Entidades Urbanísticas es accesible por cualquier ciudadano.

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    2. En general, los nombres de las urbanizaciones pretenden dar a entender lo que no son. Son falaces. Confunden interesadamente. Un Ayuntamiento "CACIQUE" fomenta "CACIQUELANDIA" en el resto de organizaciones bajo su supervisión. Por sus actos los conoceréis. Con sus actos nos informarán de su ética y estética. http://www.panv.es/?cat=33
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    3. Siento no poder decir los nombres que forman la Junta. No lo sé.
      aunque bajo anónimo digo la verdad.

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  9. Estoy convencida que Gema que vive en una urbanización resolverá este asunto si dejamos que actúe

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  10. Siento decirte Mónica que Gema no quiere hacer nada. La dejemos o no la dejemos. Ayer en el pleno dejaron patente que las grandes olvidadas en los presupuestos son las urbanizaciones. Como será el tema, que la ex-alcaldesa que, en sus 20 años de mandato no ha realizado nada, se postuló como su defensora. ¡INAUDITO!

    El Ayuntamiento se gasta más en los toros, 160.000 €, que en subvencionar las funciones de las Entidades de Conservación.
    Si los presidentes no hacen nada, serán otros cuatro años perdidos, de los cuales ya llevamos 18 meses.

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    1. Se darán cuenta todos estos idiotas de las urbanizaciones que no reciben nada del Ayuntamiento y que lo único que hacen es engordar las arcas municipales para el pago de sueldos suntuarios y chorradas a tutiplen. No tienen arreglo. Se ríen en sus caras y aplauden con las orejas.

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    2. Vaya cruz que me cayó viniendo a vivir a este poblacho. Tengo que soportar las idioteces de los paisanos del "casco urbano" y los requeteidiotas de la urbanización. Estoy hasta los cojones de todos. Demolición de Valdemorillo, ¡¡¡¡YAAAAAA!!!!

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    3. EMPEZANDO POR LA CALLE CASTILLO DE MANZANARES Y SIGUIENDO POR ALONDRA

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    4. y en Seseña también habría que hacer alguna que otra demolición...

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  11. Perdonadme, pero no he podido por menos de reírme un rato con algunas cosas que habéis contado. He sido Presidente de Mojadillas ocho años, después, cuatro como Vice-Presidente, terminé tirado por la ventana de mala manera. La experiencia vivida me permite decir que la mayoría de los vecinos de las urbanizaciones no se merecen ni el pan que comen, pasan olímpicamente de todo, asisten a la Asambleas entre un diez y un quince por ciento de los vecinos. Las EUCC son entes que dependen del Ayuntamiento correspondiente, dependen totalmente , tienen que ser tutelados por este, es más en las juntas directivas debieran tener un representante y asistir a las asambleas. Tiene el Ayuntamiento la obligación de vigilar si se ajustan a la Ley y si no lo hacen tiene la obligación de exigirles que se ajusten. A todas las Corporaciones de Valdemorillo habidas y, me temo, que las de por haber, les importamos un rayo. Doña Gema, después de llevar ocho años en la Oposición, ha tenido que juntarse con otros cuatro partidos para gobernar, los Señores de Si Se Puede no sabían ni lo que era una EUCC, dicho por ellos en uno de esos corros y por si alguien tiene duda de que les importamos un rayo le informo que pueden echar un vistazo a la página www.elascuapamisardina.com en la que he publicado cantidad de documentos que lo demuestran. El lunes publicaré la carta certificada que he recibido hoy y mi respuesta. En esa carta se reafirma en lo hecho por la Corporación anterior.
    Dice el Ayuntamiento que, como la urbanización Mojadillas no está recepcionada, corresponde a la urbanización reponer la legalidad urbanística en la calle Flor de los Almendros. Seis vecinos se han apoderado de casi mil metros cuadrado de aparcamiento de uso público y el Ayuntamiento mira para otro lado, mientras los bares y demás que ponen sillas en la acera tienen que pagar por ello. ¡¡¡grgrgrgrgrgr...!!! Hay para dar y tomar.
    Pasadlo bien. Andrés

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