Entrevista concedida a TDM por el alcalde

 

DOCUMENTO, QUE FUE PRESENTADO POR REGISTRO

Por un veterano vecino de Valdemorillo en quien tengo depositada plena confianza, expresa su preocupación ante la ausencia de respuesta por parte del Ayuntamiento, en especial del Sr. Alcalde, por las cuestiones allí planteadas.

Mi intención al difundir esta información es garantizar que los lectores de Valdemorillo, y de cualquier rincón del mundo de habla hispana, sean conscientes de que las leyes de transparencia no deben ser objeto de interpretaciones arbitrarias, sino cumplidas en su totalidad y con el debido respeto hacia la ciudadanía.

Ya que, en una democracia, solo a través de una información clara y honesta se puede evitar que se repitan situaciones tan lamentables como las ocurridas en Valencia, donde la falta de transparencia y el incumplimiento de las normativas han tenido graves consecuencias.

La denuncia no busca más que subrayar la importancia de actuar en conformidad con las leyes que garantizan la transparencia y el acceso a la información pública, en beneficio de todos los ciudadanos de Valdemorillo y, en un sentido más amplio, de la democracia misma. Exhorto al Ayuntamiento a que no haga oídos sordos a este llamado y cumpla con sus responsabilidades legales y morales.

Hacemos público nuestro malestar ante lo que consideramos una falta de transparencia y respuesta institucional por parte del alcalde y de su equipo de gobierno. Esta escrito tiene como fin dar voz a cuestiones que considero de interés general y que, a pesar de su relevancia, no han sido abordadas públicamente ni en foros oficiales ni en los medios locales. Siempre al amparo de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno; la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y Participación de la Comunidad de Madrid; y la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, me dirijo a usted, Sr. Alcalde, y a los miembros del Consistorio, para exponer lo siguiente:

En una reciente entrevista concedida a TDM por el alcalde, ni el entrevistador, ni el entrevistado, ni la redacción del medio han abordado temas de gran interés para los ciudadanos de Valdemorillo. Entre ellos:

GESTIÓN DE CONTRATOS MUNICIPALES

·        Plaza de toros: El contrato incluía la construcción de una residencia para personas mayores, lo cual no se ha materializado.

·        Recogida de residuos sólidos urbanos (2006): El contrato con FCC, inicialmente por 10 años, fue rescindido a los 6 debido a problemas graves, como la incorporación de personal municipal al concesionario, una situación que parece repetirse en el nuevo proceso de adjudicación.

·        PGOU de 2005: Este contrato derivó en pérdidas económicas considerables y un retraso irreparable en el desarrollo urbanístico del municipio.

·        Polideportivo Eras Cerradas: La adición de 60.156.628 pesetas sin contrapartida fue declarada nula por el TSJM en 2007. A pesar de esta nulidad, se ha negado el acceso a la documentación relativa.

·        Unidades urbanísticas abandonadas: Desde 1987, áreas como SAU3, UA1, UA8 y UE9 permanecen en el abandono, al igual que las unidades relacionadas con el PGOU de 2005 y convenios como el Prado Coladillo-Las Portaleras. Este último mantiene un saldo de 2 millones de euros que no ha sido reflejado adecuadamente en las cuentas generales de 2023, pese a una sentencia judicial firme que exige la devolución de 5,4 millones de euros al municipio.

SANEAMIENTO Y SERVICIOS BÁSICOS

  • Saneamiento de áreas urbanas dispersas: Más del 50% de la población vive en cascos dispersos. Sin embargo, el Ayuntamiento se desentiende de este servicio esencial, aprobando en pleno del 19/09/2024 transferir su gestión a la EUCC Las Mojadillas, una entidad sin capacidad técnica ni legal para asumir dicha responsabilidad.

RECEPCIÓN DE URBANIZACIONES

A pesar de más de 50 años de uso, muchas urbanizaciones siguen sin ser recepcionadas por el Ayuntamiento. Como justificación, se alude a un informe jurídico externo (emitido por Iuris Local el 11/01/2024 y avalado por el Secretario General), que interpreta de forma parcial los artículos 135-137 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid. Esta situación perpetúa una irregularidad administrativa que afecta directamente a los servicios básicos de los residentes.

SOLICITUD DE PLENO EXTRAORDINARIO

En virtud del artículo 78.2 del ROF aprobado por el Real Decreto 1568/1986, de 28 de noviembre, y considerando la gravedad de los puntos mencionados, solicito la convocatoria de un pleno extraordinario para abordar con transparencia estos asuntos.

 

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