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La sentencia del Tribunal Supremo (STS) del 8 de enero de 2006, recurso de casación 6755/2002. Dice:

 

LA CONSERVACIÓN DE LAS URBANIZACIONES ES UNA EXIGENCIA INSOSLAYABLE DEL AYUNTAMIENTO

Alcalde, el desafío para cualquier líder, radica en encontrar el equilibrio adecuado entre las demandas del pueblo, las normas legales y la realidad social. Gobernar con justicia implica no solo utilizar las leyes, sino también comprender y abordar las necesidades específicas del colectivo que se sirve.

En última instancia, la búsqueda de un gobierno justo requiere un compromiso constante de diálogo, transparencia y colaboración con la comunidad, así como con el respeto a los derechos de todos. Por eso las leyes son instrumentos fundamentales para la regulación y el orden social. Su legitimidad y claridad son esenciales para aceptarlas y respetarlas. Además, la autoridad que las emite debe ser reconocida como legítima para que puedan ser aplicadas de manera justa. El carácter coercitivo de las leyes garantiza su cumplimiento y aplicación, ya que establece reglas que todos debemos seguir.

POR INDICACIÓN DE SU ASESOR JUDICIAL, EL GOBIERNO MUNICIPAL DE VALDEMORILLO, HA COLOCADO EN EL PORTAL DE TRANSPARENCIA :

La sentencia del Tribunal Supremo (STS) del 8 de enero de 2006.  Un recurso de casación 6755/2002, que aborda el tema de las Entidades Urbanísticas Colaboradoras de Conservación (EUCC) y la obligación de conservación de obras y servicios urbanísticos. En este caso, el Tribunal Supremo concluyó que la obligación de conservación de las obras y servicios urbanísticos ES UNA EXIGENCIA INSOSLAYABLE POR PARTE DEL AYUNTAMIENTO. Las Entidades Urbanísticas Colaboradoras de Conservación (EUCC) son creadas por los propietarios de “terrenos urbanizados” para asumir la gestión y conservación de determinadas infraestructuras y servicios públicos en sus áreas. Estas entidades están reguladas por la normativa urbanística de cada municipio. Por tal razón: Sr Alcalde, permanezca atento a Cerro 2, en marzo que se celebra una asamblea que puede llegar a ser inutil. El al voto es un derecho fundamental en democracia y la Constitución Española garantiza ese derecho como fundamental. Y en España, no existe una legislación que impida votar por el mero hecho de deber impuestos. El derecho al voto es independiente de las obligaciones financieras. 

D. SANTIAGO, ES IMPORTANTE CONSULTAR LAS LEYES  ESPECÍFICAS PARA COMPRENDER COMPLETAMENTE QUIÉNES TIENEN DERECHO AL VOTO.

Y bajo qué circunstancias, este puede ser restringido. NO es el caso para una EUCC como la del Cerro Ampliación, para no meter nuevamente la “pata”.  El fallo del Tribunal Supremo subraya que la responsabilidad de conservar las obras y servicios urbanísticos recae en los Ayuntamientos, como entidades encargadas de velar por el correcto desarrollo y mantenimiento de la infraestructura urbana. Sin embargo, las EUCC pueden colaborar en esta tarea asumiendo ciertas responsabilidades de conservación siempre bajo regulación municipal. Además, su Asesor, indica que es importante destacar que las sentencias del Tribunal Supremo tienen un impacto significativo en la interpretación y aplicación de la ley, proporcionando orientación legal sobre cuestiones específicas, como en este caso, el papel de las EUCC y la conservación de obras y servicios urbanísticos. Ahuyente sus dudas y actué, no sea que el Alto Tribunal actué nuevamente, y nos cueste en indemnizaciones lo que el Ayuntamiento no tiene.

El artículo 24.3 del Reglamento de Gestión Urbanística establece que las EUCC estarán regidas por sus Estatutos y por lo dispuesto en esa sección, sin excluir la aplicación de contenidos en los capítulos II y III del título V del mismo Reglamento para las Juntas de Compensación y Asociaciones administrativas de propietarios en el sistema de cooperación, así como las previsiones establecidas en el capítulo IV del título II para la conservación de las obras de urbanización.

El órgano competente para aprobar dicho acuerdo es el Pleno, de acuerdo con el artículo 22.2, apartados c) y f) de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local (LRBRL), quien lo aprobará por mayoría ordinaria.

En la búsqueda de soluciones para los desafíos urbanísticos a que nos enfrentamos, 

Deben reconocer la importancia de fomentar el diálogo público y la participación de expertos en la materia para abordar estas cuestiones de manera efectiva.

UN DEBATE PÚBLICO EN LA CASA DE CULTURA CON LA PARTICIPACIÓN DE DESTACADAS PERSONALIDADES ACADÉMICAS, EXPERTOS EN URBANISMO Y REPRESENTANTES LEGALES.

Podría ser un paso muy positivo hacia la comprensión más profunda de los problemas y la exploración de posibles soluciones.

Organizar un debate en la Casa de Cultura con destacadas personalidades académicas, expertos en urbanismo y representantes legales puede ser muy beneficioso para abordar los problemas y explorar soluciones.

Aquí hay algunos pasos que podrían ayudar a llevar adelante esta iniciativa de manera efectiva:

1.   Definir el Propósito y los Temas a Tratar: Antes de comenzar a planificar el evento, es importante tener claridad sobre los temas que se abordarán y los objetivos que se desean alcanzar con el debate.

2.   Identificar a los Participantes y Ponentes: Hacer una lista de las personalidades académicas, expertos en urbanismo y representantes legales que gustaría invitar al debate. Asegúrarse de incluir a la Directora de Urbanismo de la Comunidad Autónoma de Madrid (CAM) y otros urbanistas relevantes.

3.   Seleccionar una Fecha y Hora Adecuadas: Elige una fecha y hora que sea conveniente para la mayoría de los participantes y que permita una amplia asistencia del público interesado en el tema.

4.   Reservar el Espacio y Recursos Necesarios: reservar la Casa de Cultura u otro espacio adecuado para el evento. Además, considerar los recursos necesarios como equipo de sonido, proyector, etc.

5.   Promoción del Evento: Utilizar diferentes medios de comunicación (redes sociales, carteles, boletines informativos, etc.) para promocionar el debate y llegar al público objetivo.

6.   Moderador del Debate: Designar a una persona neutral y capacitada para que actúe como moderador del debate y garantice que la discusión sea constructiva y respetuosa.

7.   Preparación de Material y Logística: Preparar material informativo sobre los temas a tratar y coordinar la logística del evento, incluyendo la recepción de los asistentes y la distribución de material.

8.   Registro de Participantes: Considerar la posibilidad de implementar un sistema de registro para los asistentes, lo que ayudará a tener un conteo estimado de cuántas personas esperar y a gestionar mejor el evento.

9.   Seguimiento y Evaluación: Después del debate, realiza un seguimiento para recopilar comentarios y evaluar la efectividad del evento. Esto ayudará a planificar futuras actividades similares.

Con estos pasos, estaremos bien encaminado para organizar un debate público exitoso y constructivo sobre temas de las EUCC

Estoy ansioso por ver los resultados positivos que surgirán de este esfuerzo colaborativo que pretende su éxito como Edil. 

 

 

3 comentarios:

  1. Lo que acontece en Valdemorillo difícilmente puede ocurrir en otro pueblo donde la gestión municipal funcione adecuadamente.¿Cómo es posible que después del documento público firmado por el concejal no se cumplan las condiciones establecidas por este en ese panfleto? Lo acordado el cerro ampliación row corresponde con lo establecido y lo que se está llevando en otros pueblos de la provincia de Madrid que están modificando en el sentido de las entidades urbanísticas de conservación.

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  2. Fernando González S28 de marzo de 2024, 13:40

    Cuando existen leyes todas las decisiones que se tomen deben estar conforme a lo que establece la ley. No hay posibles interpretaciones hay que asumir lo que previamente ha quedado establecido ,en este caso por el Tribunal Supremo y el concejal presente en la asamblea debería ser conocedor de esta ley y de una manera muy especial de aquello que publicó en las páginas municipales.

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  3. Llevo cinco años viviendo en mi urbanización y jamás he comprendido como puede ser posible pagar la totalidad del IBI y además una cuota correspondiente a mantenimiento, vigilantes....fiestas...Cuando esto lo he comentado con mi familia valenciana todo el mundo me dice que no entiende cómo puedo seguir pagándolo ya que va para diez años que su urbanización paso a ser parte de Paterna.

    No puedo entender como la serie de los gobiernos municipales a posibilidad que esta situación no quede definitivamente resuelta responsabilizándose de toda la parte sobre la cual sigue recaudando sin apenas gasto. La argumentación de que perteneciendo a una responsabilidad municipal estaríamos más abandonados es completamente kafkiana

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