El nuevo Concejal de Urbanismo y Urbanizaciones se ha dado cuenta:

De la existencia de irregularidades en la gestión de la EUCC Ampliación de Cerro de Alarcón.

Y ha declarado nulo el acuerdo de la última asamblea ordinaria de Ampliación Cerro Alarcón por el que se aprobaban partidas impropias de una EUCC. Además, sobre el particular y ante la inexistencia de regulación específica.

Tribunal Supremo ha venido considerando como errónea e improcedente la aplicación de la legislación específica de las anteriores figuras a las Entidades Urbanísticas de Conservación. 

El nuevo Concejal de Urbanismo y Urbanizaciones, se ha debido dar cuenta de lo que el Tribunal Supremo ha venido considerando como improcedente en la aplicación de la legislación específica de las anteriores figuras de las Entidades Urbanísticas de Conservación.

Hace algún tiempo solicité al Presidente de la urbanización que me enseñara los gastos producidos por la entidad, al no recibir respuesta también se lo solicité al Alcalde, para que intercediera....

 Tampoco conseguí nada. Recientemente, metí por registro municipal una petición reclamando esta información, y en este caso el Concejal de Urbanizaciones, por teléfono, amablemente rompió un silencio que aproveché para contarle toda la génesis de este proceso.

Es de agradecer que el Ayuntamiento haya querido actuar aprobando una resolución que da respuesta al primero de varios recursos de alzada interpuestos por vecinos de urbanizaciones contra los gastos impropios.

El Consistorio, con su Alcalde a la cabeza, ha declarado nulo el acuerdo de la última asamblea ordinaria de Ampliación Cerro Alarcón por el que se aprobaban partidas presupuestarias impropias de una EUCC. Es de destacar que estos acuerdos anulados fueron aprobados en la asamblea ordinaria de la Entidad, sin ser tenidos en cuenta. No existe ley ni jurisprudencia que avale los gastos impropios de las EUCC, ya conocemos el comportamiento del Supremo sobre estos temas.

Ante la inexistencia de regulación específica sobre el procedimiento de constitución de este tipo de entidades, el Tribunal Supremo ha venido tachando de erróneo e improcedente la aplicación de la legislación de las anteriores figuras a las Entidades Urbanísticas de Conservación. En cualquier caso, la tramitación para la constitución de una Entidad Urbanística de Conservación, debe fundamentarse en los principios de participación, carácter democrático tal y como recoge el artículo 29 del Reglamento de Gestión Urbanística.

COMO ES EL COMIENZO DE UNA EUCC

Siempre por iniciativa de los interesados, que deberán constituirse en comisión gestora a efectos de la formulación de los Estatutos y las notificaciones a los propietarios afectados. Esta comisión no es necesaria en el caso de que la iniciativa parta de la Administración. Una vez se lleva a cabo la redacción de los Estatutos,

Desde la notificación se abre un periodo de alegaciones para que los afectados o los interesados que acrediten legítimo interés, puedan defender sus derechos. Con el análisis de las alegaciones formuladas, se procede a la aprobación o rechazo de los estatutos presentados. Las EUCC son de derecho público formadas por los propietarios de la urbanización, se constituyeron, en otro tiempo, para descargar a las Administraciones locales competentes del coste de mantener los elementos y redes públicas que se encuentran alejadas del casco urbano a que pertenecen.(cuando se aprobaron estas medidas la población de Valdemorillo era de poco más de mil habitantes) De esta manera, quedamos obligados a mantener y conservar las obras de urbanización y las dotaciones e instalaciones de los servicios públicos de la urbanización, cuando así lo disponga el planeamiento, las bases de un programa de actuación urbanística o la ley.


EN DEFINITIVA, LAS ENTIDADES URBANÍSTICAS DE CONSERVACIÓN SE CONSTITUYEN CON LAS CARACTERÍSTICAS SIGUIENTES:

Están vinculadas a los Ayuntamientos y son un cauce institucional de participación de los propietarios en la actividad urbanística propia de las administraciones locales. Es obligatoria para todos los propietarios y DESPUÉS DE TERMINADA LA OBRA DE URBANIZACIÓN Y HABER SIDO RECEPCIONADA POR EL AYUNTAMIENTO.

Tal y como hemos advertido con anterioridad, las Entidades Urbanísticas de Conservación no deben de ser confundidas con las Comunidades de Propietarios, y sus funciones no pueden sobrepasar las obligaciones de conservación y mantenimiento de la urbanización. Entre las principales funciones de las Entidades Urbanísticas de Conservación, se encuentran: La conservación y mantenimiento de los bienes públicos de la urbanización.

Los vecinos que avalan esos acuerdos pueden no estar adecuadamente informados, ni sospechar que su junta les va a proponer en la asamblea la discusión de puntos que no respetan la legalidad vigente, máxime cuando la entidad está aconsejada por una administración que no es barata. Por tal razón sería el colmo que el fin de los gastos indebidos de Cerro 2 acabe con un desembolso innecesario de este calibre. En cualquier caso, los empleados y los miembros de la EUCC necesitamos empezar a abordar la llegada de un futuro inminente que pasa, nos guste más o menos, por la anulación de los gastos impropios y la disolución de la propia EUCC, que es lo que realmente corresponde.  

 


Comentarios

  1. Entiendo, Jesús, que estamos de enhorabuena con esta resolución municipal por varios motivos. En primer lugar, porque el ayuntamiento ¡por fin! se ha calado la gorra de órgano tutor de las entidades urbanísticas. Y en segundo lugar, porque la intención que ha transmitido el equipo de gobierno en varios plenos es que no quieren que la erradicación de los gastos impropios sea un singularidad de Cerro 2, sino que se proponen hacerlo extensivo al resto de entidades. ¡¡Bien!! Es lo mínimo hasta que disuelvan estas estructuras caducas que suponen una doble tributación para sus miembros absolutamente injusta: por recibir los servicios municipales básicos (alumbrado, alcantarillado, limpieza viaria...) los habitantes de las urbanizaciones pagamos los tributos municipales (sin excepción ni descuento) más la cuota de la EUCC. Y muchas de ellas, acostumbradas a campar a sus anchas sin que el ayuntamiento acotara su ámbito de actuación, derivaban parte de ese dinero recaudado como EUCC a fines no públicos, como esterilización de gatos, fiestas o conserjería 24/7. Triple tributación, por tanto. Esos servicios, por cierto, son inadecuados bajo el formato de EUCC, pero muy apropiados como asociación o comunidad de vecinos. A nadie se le está diciendo que deje de tener un conserje para recoger sus paquetes o que haga fiestas. ¡Pero que NO se paguen con el dinero destinado al cuidado de las farolas! Lo que ha pasado y pasa aquí tiene nombre, se llama administración negligente. Lo han hecho y lo hacen distintas juntas de entidades urbanísticas de nuestro municipio. Esperemos que ya no se consienta por más tiempo.

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  2. Jesús Expósito Quintero12 de noviembre de 2023, 11:51

    ¿Y que alternativas os quedan si la Junta Directiva no convoca la Asamblea y presenta un nuevo presupuesto sin esos gastos impropios?
    ¿Y si la Asamblea vuelve a aprobar el mismo presupuesto que por mayoría ya aprobó?

    ¿De nuevo a presentar un nuevo recurso de alzada contra esos acuerdos?
    ¿Y el ayuntamiento donde está en estos supuestos?

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    1. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

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    2. Cometería un enorme error que se volvería contra la Junta como Responsabilidad Civil en otro contexto de la urbanización. La gestión de la Junta debería Heber sido otra y con otro planteamiento hacia el Ayuntamiento. Pero la desidia histórica de este Consistorio, demasiado preocupado por los sueldos de los políticos, evito cualquier salto en este tema.
      A todo jurista que he preguntado, y alguno ciudadano pudo oír algún comentario en el Debate de enero, ya lo dejo claro. Si este asunto va un tribunal, con esta trayectoria termina, como este gobierno municipal tiene previsto. Aunque está tardando en materializarlo. Creo que este es el momento exigiendo aclaración de gastos a la junta. Esta actuación serviría para demostrar que su sueldo vale para algo.

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  3. Entiendo que el ayuntamiento podría y tendría que iniciar acciones legales, y supongo que los miembros de la entidad podríamos denunciar a la junta en tribunales por, como poco, administración negligente, amén de volver a recurrir, con el previsible mismo resultado. Permíteme añadir una pregunta a las tuyas: Si tú estuvieras en el lugar de los miembros de la junta, ¿te atreverías a hacer efectivo y gastar un presupuesto que tu órgano tutor ha declarado nulo de pleno derecho? ¿Te merecería la pena afrontar las mas que posibles consecuencuas legales?

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  4. El anterior comentario es en respuesta al de Jesús Expósito Quintero (perdón, por no haber activado la pestaña de responder)

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    1. Jesús Expósito Quintero13 de noviembre de 2023, 11:36

      Aligarflo, me preguntas:
      ¿te atreverías a hacer efectivo y gastar un presupuesto que tu órgano tutor ha declarado nulo de pleno derecho?
      Mi respuesta no puede ser más tajante: por supuesto que no me atrevería.
      Si yo fuera el presidente de la citada EUCC, al día siguiente de que la Junta Directiva hubiera recibido la resolución del ayuntamiento habría convocado una nueva asamblea general con un nuevo presupuesto, y en vivo haría el reparto según estatutos. donde habrían desaparecido todos los conceptos, absolutamente todos, los que bien tituláis gastos impropios, los que no son de CONSERVACIÓN, y lo sometería a votación personal de tal forma que aquellos que quieren que se mantengan esos gastos los paguen ellos y solamente ellos. y PRESENTARIA MI DIMISION IRREVOCABLE

      Alternativa a lo anterior, si la Junta directiva está en contra del anterior proceder dimitiría de mis funciones COMO PRESIDENTE, ante la Asamblea General, CONVOCADA DE FORMA EXPRESA PARA ESTA DECISION. PERSONAL IRREVOCABLE.

      Claro yo no tengo ningún interés personal en la economía de la citada EUCC.

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    2. Muy sensata y digna tu postura, Jesús. Gracias por tu respuesta

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  5. Os quedáis muy cortos. Tengo que irme. Luego vuelvo.
    Pasadlo bien. Andrés

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  6. Ya he vuelto, más vale tarde que nunca.
    Vamos a ver:
    .. Esta decisión del Ayuntamiento, leyendo la cartilla a la Junta Gestora de Ampliación Cerro Alarcón, es un hecho inédito y, por tanto, es de agradecer y vale un montón.
    .. Debe y puede aplicarse a todas las EUCC. Lástima que el Ayuntamiento no lo haya comunicado, todavía, al resto de las EUCC y a sus Juntas Gestoras.
    .. Os informo de algo que pasó al terminarse el último Pleno: Salía la Señora Interventora, Doña Lucía Mora Salas, yo recogía los papeles en los que había estado tomando notas, al pasar por mi lado, la toqué el brazo y ella se paró. Entonces la pregunté: ¿Para cuándo vais a intervenir los presupuestos y las cuentas de las EUCC? Su cara no pudo ser más expresiva y su mirada me dio a entender, algo así como si yo fuera un "atrevido" o algo peor, no se dignó contestar, ni mus, dijo. Cada uno puede sacar sus conclusiones de este hecho. Seguramente, a la Señora Interventora le pase lo mismo que al Señor Secretario que me dijo, en otro pleno: "Tengo bastante con las actas del Ayuntamiento, cómo para abrir un frente nuevo con las actas de Mojadillas”. Podía haber dicho lo mismo la señora Interventora, eso sí, cambiando “actas” por “cuentas y/o presupuestos” de las EUCC".
    .. Hace años, ya he perdido la cuenta, que, este servidor, viene pidiendo en sus escritos que el Ayuntamiento intervenga los presupuestos y las cuentas de las EUCC. Cómo puede comprobarse, sin éxito alguno. Bueno, alguno sí, entre unos y otros y la buena voluntad y deseos del Señor Alcalde, se han dado ya dos pasos: El primero la petición de informes jurídicos que permiten al Ayuntamiento invertir en las EUCC y empezar a caminar hacia una disolución de las mal llamadas, por mal constituidas, EUCC. El segundo, esta llamada de atención a la Junta Gestora de Ampliación Cerro. Se agradecen las dos cosas.
    CONTINUA

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  7. CONTINUACIÓN
    .. Ahora, el jarro de agua fría: ¿Le ha costado algo al Ayuntamiento estas decisiones? No, que yo sepa. Ahora, debieran preguntarse, los tres exalcaldes, que se sientan en la mesa del Pleno ¿Por qué no lo hicieron ellos?
    .. Pilar veinte años de alcalde y, a capa y espada, cargó a los hombros de las EUCC todas las responsabilidades que pudo, incluso vigilancia y reposición de la legalidad urbanística. Véase: OKUPAS de aparcamientos de uso público en MOJADILLAS”. A su favor, no puedo olvidar que se hizo cargo del coste del consumo de las farolas y alguna cosilla más. Ahí siguen los ocupas del aparcamiento de uso público de mi calle.
    .. Gema, cuatro años, ni se enteró, y si se enteró lo pasó por alto.
    .. Luís, no digo nada, no coincidí con él.
    .. Dado que el Ayuntamiento, ahora, parece que quiere disolver dos EUCC. No dejo de preguntarme: ¿Por qué el Ayuntamiento da un trato desigual a unas urbanizaciones frente a otras? Sí, ya sé que, esas dos, tienen cosas que las demás no tienen. Pero, eso, ¿Qué tiene que ver? Con que, las demás, tengan que seguir existiendo y obligadas a que, sus vecinos, paguen una cuota de conservación y mantenimiento. Pero ¿No hemos quedado en que las EUCC tienen que desaparecer? ¿Por qué se les sigue "robando", presuntamente, no sea que...?
    .. Otra cosa: ¿Dónde están los contratos individuales para el suministro del agua? ¿Por qué tenemos que pagar ese consumo a unos "señores" sin que nos hagan un contrato? Yo me he negado a seguir pagando nada:
    .. Las cuotas agarrándome a una STS del 2006... De hecho, he solicitado baja en la EUCC al Ayuntamiento y he informado a la Junta Gestora de Mojadillas.
    .. El consumo de agua, hasta que alguien me dé un contrato, que sea legal. Contrato que debiera darme el Ayuntamiento, que es su obligación y que nadie me explica como hemos podido estar cuarenta o más años sin ese contrato. Debemos ser tontos, tontos del "to" y "pa" siempre.
    .. Naturalmente, he autorizado al Ayuntamiento que cargue a la cuenta, dónde carga mis impuestos, lo que considere que debo pagarle.
    Pasadlo bien. Andrés

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