Según el Plan de Inversión Regional (PIR),
Valdemorillo no debería tener problemas economicos
En el marco de la política social y económica, colaborando a la prestación integral y adecuada en la totalidad de los servicios de competencia municipal, especialmente de los servicios mínimos y obligatorios, y coordinando la prestación de los servicios municipales entre sí. Según el Plan de Inversión Regional (PIR), se persigue garantizar los principios de solidaridad y equilibrio intermunicipal.
En el Programa de Inversión comprenderá los ejercicios presupuestarios de 2022 hasta el 2026, participan todos los municipios de la Comunidad de Madrid. La aportación de la Comunidad de Madrid será de 1.000.000.000 de euros. Y yo pregunto ¿cómo se distribuyen? Esto lo dice el PIR, no yo. Desde luego están destinados al apoyo y colaboración con las entidades locales para el cumplimiento de sus obligaciones de transparencia y participación.
Durante demasiados años esta inversión solo llegaba al CENTRO. El número de concejales debería haber sido de 13. Y los que han manejado el Ayuntamiento, hicieron lo imposible para no inscribir las calles y zonas verdes de las urbanizaciones, abandonando los servicios de cada una.
He
recibido la llamada telefónica de un ex compañero, profesor de Legislación Urbanística
de mi universidad, que estuvo presente en el DEBATE SOBRE URBANIZACIONES. Mi ex compañero me pregunto: ¿cómo marchaba el asunto de las urbanizaciones? Cuando
le respondí que todavía no se había hecho nada; además algunas urbanizaciones no
se fían que el Ayuntamiento asuma su gestión y no quieren ser gestionadas. Mi compañero contesto: No saben hacerlo, que se lo pregunten a Dña. Estefanía Jiménez
A pesar de saber de qué la cifra está regulada por el artículo 179 de Ley Orgánica de Régimen Electoral General en la que se estipula que cada término municipal constituye una circunscripción en la que se elige un número de concejales. Para Valdemorillo se le asigna por la escala, de 10.001 a 20.000 habitantes, 17 concejales.
Sin embargo ¿por qué el Plan de Inversión Regional) solo llegaba al "casco urbano"? Eso podría establecer la consideración que, a los efectos prácticos, por el momento, la población efectiva de Valdemorillo puede ser inferior a 10.000 habitantes y el monto a deberían de ser 13 concejales. ¿Qué pintan diecisiete Concejales, mientras no se recepcionan las urbanizaciones?
Los que han "manejado" el Ayuntamiento, han hecho lo posible y lo imposible para no inscribir a nombre del Ayuntamiento las calles, zonas verdes e infraestructuras de las urbanizaciones; cosa que tenían que haber hecho nada más aprobar el Plan Parcial de cada urbanización. Esto lo saben perfectamente los Servicios Técnicos y Jurídicos del Ayuntamiento. Pero, ¡No! era más fácil acordar con los promotores la creación de unas EUCC y hacer unos estatutos cuya redacción incluía obligaciones que nada tienen que ver con la conservación y el mantenimiento.
¿SON NECESARIOS TANTOS CONCEJALES?
A este edil, le ha tocado reparar este desaguisado acumulado, frenando el enfado creciente de la población por la incompetencia de los políticos durante demasiados años. Somos muchos los que consideramos que hay demasiados políticos y no significa que todos ellos solo vivan de la política, pero sí que tienen un cargo complementario con ella. Si existen tantos es que la ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, lo permite. La pregunta que uno debe hacerse es: ¿SON NECESARIOS? Para saberlo hay que ver en los Plenos, y sobre todo, sus intervenciones.
Hay que tener en cuenta que el Alcalde tiene la potestad de ceder o no competencias y con ello asume la responsabilidad de lo que está pasando. Él se rodea de concejales y estos, a su vez, delegan en los técnicos. Los políticos en la mayoría de los casos NO SE ENTERAN DE LO QUE OCURRE. Esa es la suerte, porque teniendo en cuenta no sólo la inoperancia de alguno, sino que están más preocupados en otras cosas que en trabajar “por el bien común” o por “hacer política”, sugiero nuevamente que se vea un Pleno. La mayoría están para calentar la silla y cobrar a final de mes. Porque eso sí, por muy ineficaces que sean, el sueldo lo cobran. ¡Faltaría más!
Así pues, es muy probable que haya demasiados políticos. También hay excesivos que se apuntan a la política para ver que sacan. Muchos no tienen ni idea y, lo peor, se marchan igual que llegaron. Un porcentaje mínimo valen la pena. Y una gran mayoría nadie los recordará. Con lo cual es lógico que muchos ciudadanos se hagan esta pregunta. Y lo peor no es hacérsela, sino la contestación.
La Ley del Suelo 9/2001, contempla que el Ayuntamiento está obligado a aportar a las obras que sean necesarias para llegar al nivel municipal exigido. Además, si alguna urbanización no desea que el Ayuntamiento la tutele, la Municipalidad tiene la obligación de colaborar en su conservación. Una vez finalizada la ejecución material del planeamiento surge la obligación de aceptar y conservar lo ejecutado, que implica cambios en los sujetos responsables de la ejecución. El tránsito de una fase a otra se instrumentaliza mediante el artº 180 del Reglamento de Gestión urbanística aprobado por Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto
No sé si en el gobierno hay algún abogado, pero en la oposición hay dos que fueron alcaldesas; debería conocer que: la participación ciudadana uno de los principios fundamentales de nuestro ordenamiento jurídico (artículos 9.2 y 105 de la Constitución), tal y como expresa la Sentencia del tribunal Supremo de 14 de abril de 1992, tal participación en el campo del urbanismo se produce no sólo en la fase de formación del planeamiento, sino también en la de su ejecución y aún después de finalizada ésta mediante las Entidades de Conservación.
ResponderEliminarEn el mismo sentido se pronuncia la Sentencia del Tribunal Supremo de 13 de Marzo de 1989 conforme a la cual “es perfectamente legal y posible que el Plan de Ordenación imponga a los promotores y a los futuros propietarios el deber y la carga de conservar la urbanización”.
Todas las Entidades Urbanísticas Colaboradoras y, por tanto, las Entidades Urbanísticas de Conservación, constituyen un medio de participación en la gestión urbanística de los interesados en el proceso urbanístico.
Por su parte, en el Reglamento de Planeamiento Urbanístico (aprobado por Real Decreto 2159/1978 de 23 de junio), en su artículo 46 contempla entre las determinaciones que deben contener los Planes Parciales que se refieran a urbanizaciones de iniciativa particular la de fijar los compromisos que se hubieren de contraer entre el urbanizador y el Ayuntamiento, y entre aquel y los futuros propietarios en orden a la conservación de la urbanización, expresando si correrá a cargo del Ayuntamiento, de los futuros propietarios de parcelas o de los promotores, con indicación en estos dos últimos supuestos del período de tiempo al que se extenderá la obligación de conservación.
Fausto, efectivamente en el Gobierno municipal ha habido siempre algún abogado que debería conocer la Ley de Transparencia, que obliga a muchas cosas. Que obliga fundamentalmente a que el ciudadano esté informado, y no lo está debidamente. Solamente algunos temas que tienen que ver con el interés de los políticos, de darlo a conocer se anuncian en el boletín del Ayuntamiento de Valdemorillo; como últimamente se publicó los Puntos Limpios o el asunto de las farolas.
EliminarLa realidad es tozuda, y no hay vecinos que quieran complicarse la vida en un juzgado o directamente mandando una carta al Defensor del Pueblo. Yo creo sinceramente que, todos aquellos que hemos solicitado por registro alguna pregunta que tiene que ver con nuestro interés personal, el Ayuntamiento tiene la obligación de contestarnos y si no lo hace habría que proceder con una denuncia pertinente, pero también sabemos cómo funciona la justicia en el tiempo y cualquier sugerencia de este tipo a no ser que se formule de manera amistosa las posibilidades de obtener una respuesta real y contundente tendrían que esperar mucho tiempo tal vez demasiado.
Gracias Fausto, espero una nueva participación suya
El tapujo y la falta de transparencia han sido las señas de identidad de este Ayuntamiento desde hace mucho tiempo, todavía se sigue sin contestar a las preguntas que se formulan, cuando según la Ley de Transparencia de obligado cumplimiento.
ResponderEliminarMientras los gobiernos municipales sucesivos, no hayan tenido un susto gordo por parte de un juzgado, no van a espabilar y a darse cuenta que además de cobrar todos los meses su asignación, tienen la obligación de responder a las preguntas que efectúan los ciudadanos. Es más los partidos políticos que reciben todas estas sugerencias ciudadanas deben ser eco en los plenos municipales, realizando la pregunta pertinente al gobierno ¿por qué no se contestan a las reclamaciones de los vecinos de Valdemorillo?
Profesor desearíamos que incidiera usted más en este tema del por qué no se responden las preguntas de los vecinos ¿ por qué no hay un funcionario o concejal ocioso, que sirva para realizar estas respuestas?
En este sentido, y apoyándonos en la ley de transparencia y en el propio reglamento de participación ciudadana de Valdemorillo, hemos solicitado el número de entradas y salidas de 2022 (solo de quejas y peticiones de vecinos). El número mondo y lirondo, algo sencillo pero que es probable que no nos faciliten. Si es así, esperemos q hagan mas caso al Consejo de Transparencia de la Comunidad de Madrid, a quien trasladaríamos la petición desatendida. Hay q poner cifras a esta sensación tan extendida de colapso en la tramitación de las peticiones vecinales. Y, sobre todo, hay q poner punto y final a esta situación. Responder al ciudadano es una obligación de la administración
Eliminar