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9/02/16

Por otro nuevo Plan General 1



SÓLO PARA LAS NECESIDADES DEL PUEBLO.  

Valdemorillo, creció de manera desordenada durante los años del “desarrollismo franquista” de finales de los sesenta y principios de los setenta. Es un municipio situado a 3 km de El Escorial con más de 15 urbanizaciones: Mojadillas, El Paraíso, Pino Alto, Jarabeltrán, Puentelasierra, Parque de las Infantas, Mirador del Romero, Cerro Alarcón I, Cerro Alarcón II. ….etc.  El impulso constructivo supuso esta proliferación de urbanizaciones que no podrían ser asumidas por el ayuntamiento pero que suponían una importante fuente de ingresos.
Plan General de Ordenacion Urbana para Valdemorillo.
Transcurridos más de 8 lustros, el consistorio no se encuentra aún en disposición para recepcionarlas. Hasta la fecha solo lo hizo Cerro 2 pero permanece manteniéndose como Entidad Urbanística de Conservación, pagando todas las tasas y también el IBI correspondiente. Esta situación no es aceptable desde una concepción europea del urbanismo, habida cuenta que, están consideradas en la mayoría de los casos, como viviendas permanentes. Su edificación no fué suntuaria y el Ayuntamiento de Valdemorillo controló y marcó el proceso edificatorio, recaudando por miles de licencias de obra nueva.
Valdemorillo, desde hace muchos años viene necesitando un Plan General de Ordenación del Urbanismo, que pueda ajustarse a las verdaderas necesidades del pueblo,  consolidado lo edificado y partiendo Ordenando desde su “almendra central”. La anterior regidora estableció las bases necesarias y precisas para instaurar un Plan General, con una fuerte carga de intereses especulativos, por lo que fue frenado por la Consejería de la CAM y esperando una urgente nueva propuesta.
Alcaldesas con distinta visión del PGOU para Valdemorillo
Los sucesivos alcaldes, se ocuparon poco por establecer criterios básicos de Ordenación Urbana. El PGOU, que la anterior regidora pretendió implantar, sobrepasaba con mucho la evolución poblacional prevista del municipio en época de crisis. En este Plan se incluían actuaciones sobradamente fundamentadas en intereses especulativos y direccionales de primer orden. Además, alguna empresa constructora presuntamente mezclada en la Gürtel, realizo actuaciones arquitectónicas en el pueblo por un monto superior a diez millones de euros y con el PGOU previsto para Valdemorillo como telón de fondo. (Datos que aparecen en la auditoria) Esta empresa, reclama ahora al Consistorio (entiéndase a todos los habitantes de Valdemorillo) una cantidad millonaria por vía judicial.
Afortunadamente para los pobladores de Valdemorillo, tras la Sentencia del Tribunal Constitucional de 20 de marzo de 1997, las competencias urbanísticas están atribuidas en exclusiva a la CAM, por lo que habrá que atenerse a su normativa específica, en cuanto al alcance y contenido de este instrumento de Planeamiento General. Tanto de los Planes Generales como  los  Parciales deben se probados por la CAM.
Con la nueva Ley de Suelo, Real decreto 2/2008, vuelve a tener consideración residual el SUELO NO URBANIZABLE previendo las Normativas Autonómicas con carácter general la siguiente clasificación: SUELO URBANO: consolidado y no consolidado; SUELO URBANIZABLE: delimitado y no delimitado, sectorizado y no sectorizado; y suelo NO URBANIZABLE, en sus distintas categorías de protección. Hay que tener en cuenta que por sentencia del Tribunal Supremo de 1992, el urbanismo y la ordenación del territorio es facultad conferida a las Comunidades Autónomas, que son quienes legislan las clasificaciones del suelo. Dicha división solo se refiere a efectos de valoraciones de suelo, ya que la LEY ESTATAL protege la igualdad de todo ciudadano ante la ley. Al parecer, La nueva alcaldesa de Valdemorillo ya se ha reunido con el vice consejero Miguel Ángel Ruiz, para fijar las bases del trabajo y alcanzar la aprobación  del PGOU . Con un crecimiento de urbanístico más reducido  y sobre una previsión a diez años.



 

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