Otro tema a debate


Las Entidades Urbanísticas Colaboradoras de Conservación,
Son identidades de derecho público compuestas por individuos, que surgen para un fin urbanístico y tienen como finalidad la conservación y el mantenimiento de las obras de urbanización que son dotaciones e instalaciones de carácter público. La constitución y pertenencia es obligatoria para todos los vecinos propietarios de la urbanización y es afecta al deber de conservación de las obras de urbanización, instalaciones y determinados servicios públicos.
El promotor, entrega al Ayuntamiento la urbanización para que una vez recibidas, delegue la facultad de conservación y mantenimiento de los bienes de dominio público a los propietarios de las parcelas, durante el tiempo estimado para su consolidación. Los viales y zonas verdes pasan al  Ayuntamiento pero las conservan y mantienen los propietarios durante un tiempo establecido que suele estimarse alrededor de cinco años.
Durante este periodo, estas urbanizaciones son gestionadas por administradores de fincas, sujetas a la Ley de Propiedad Horizontal (LPH). Poco a poco el propietario comienza a tener la creencia de estar sometidos únicamente a esta ley, cuando en realidad las facultades (obligaciones) de conservación y mantenimiento se rigen por el Reglamento de Gestión Urbanística. En las sucesivas leyes de suelo, que se han publicado, nunca se ha tratado el tema de las EUCC. Aunque están reguladas por el reglamento de 1978.
Resulta fácil de entender que: sí los viales forman parte del municipio los ciudadanos tienen derecho a circular libremente por la urbanización y por tanto su control es competencia del consistorio. Un aspecto que no podemos olvidar es que lo que hay que conservar y mantener, que NO es propiedad ni de la EUCC, ni de la Comunidad de Propietarios, ni de los propietarios individuales, SINO DEL AYUNTAMIENTO. La EUCC mantiene y conserva algo que no es suyo, sino de todos los vecinos, pero lo hace cumpliendo su deber de colaboración. El fin de la Entidad de Conservación es AYUDAR a la Administración Pública correspondiente durante algún tiempo. Una EUCC NO es una Comunidad de Propietarios ni un Complejo Inmobiliario, sino un ente administrativo con funciones y actuaciones de la entidad de conservación que recaen sobre bienes de titularidad pública y sobre servicios comúnmente prestados por organismos públicos, y no sobre elementos comunes de las respectivas Comunidades de Propietarios.
Valdemorillo, lo mismo que otros pueblo de la CAM tiene urbanizaciones ya consolidadas que deberían funcionar sin más cargas que la correspondiente al IBI establecido por el consistorio, pero que perduran, sin demasiada disquisición con un sistema de vigilancia cuestionado por su forma y fondo y que entre otras cosas está suponiendo una carga económica para sus habitantes. Algunas de las urbanizaciones llevan más de cuarenta años funcionando teniendo que actuar con una doble imposición económica que se ve autorregulada con el IPC correspondiente.
Me considero un simple observador de la realidad social y por esa razón traigo a este foro el debate, desde el conocimiento de la existencia de otra realidad económica y con la mirada puesta en el bolsillo del contribuyente medio que utiliza esta vivienda como única y principal y en las arcas municipales baqueteadas por gestiones anteriores.
La pregunta sería:

¿CONSIDERAS JUSTO SEGUIR PAGANDO LA CUOTA OBLIGATORIA DE LAS EUCC?
Te rogaría que razonaras tu opinión con los argumentos que dispongas.

Comentarios

  1. La mayor parte de los escritos de alegaciones que suelo ver hacen referencia a la LPH, a la “propiedad horizontal tumbada”. En cualquier caso, quiero añadir un nuevo motivo de reflexión, no tanto sobre el régimen jurídico que se aplica a las EUCC´s, que es el RG como atinadamente dice el autor del BLOG, sino sobre los límites a la decisión pública, plasmada en el planeamiento, de constitución de una EUC.
    Para empezar, y en mi opinión, entiendo que la Entidad de Conservación no debe hacerse cargo, en ningún caso, del coste de los servicios a que se refiere el art. 26 de la LBRL ¿Qué es eso de que la EUC pague el servicio de limpieza viaria o la factura del alumbrado público?
    En segundo lugar, ¿Puede el planeamiento imponer la constitución de Entidades de conservación indiscriminadamente, o debe existir algún límite objetivo?
    Entiendo que es legítima la constitución de Entidades de conservación en núcleos separados del centro del término municipal para polígonos industriales o comerciales con especiales afecciones ambientales, de tráfico etc, pero no residenciales.

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  2. Desde su creación se gestiona como Entidad Urbanística y la gestión ha sido siempre un desastre, el 70% de lo recaudado ¿Alguna vez nos piensan recepcionar?¿Hay alguna manera de que esto cambie y seamos decepcionados como Cerro 2? yo estoy decepcionada y una casa que me compré con mucha ilusión se está convierto en una pesadilla. Encima chuleadas por un par de grandes parcelistas que están de disputas siempre….¿alguien que conozca a fondo estos temas me puede ayudar??? Gracias

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  3. El recurso que prevé la ley, para casos muy específicos en los que la EUCC ha cumplido sus fines es la disolución de la Entidad. Requiere aprobación municipal, pero habría que estudiar el caso concreto para saber si se dan los requisitos.

    ¿No es posible la reducción de IBI?,. Sería viable exigir al Ayuntamiento que preste ese servicio (siempre que esté obligado, cuestión que puede resultar compleja de determinar) y que la EUCC se ahorre ese coste. Hay veces que por mantener cierta calidad de vida, las EUCC prefieren asumir servicios que no están obligadas a asumir, pero que inciden directamente en la calidad de la urbanización.

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  4. Luis Herranz Rodado23 de marzo de 2016, 19:35

    la situación de Valdemorillo resulta ser una autentica estafa y en muchos casos también fraude fiscal.
    Aquí se confunde, Junta de Compensación con obligación de conservar; Comunidad de propietarios con Entidad de Conservación; Urbanización de iniciativa privada con urbanización privada; Obligación de conservar con obligación de renovar; Obligación de conservar con la prestación de servicios básicos.
    Hay un problema muy serio, vulnerando lo estipulado en el articulo 46 del Reglamento de planeamiento, las Entidades de Conservación de Valdemorillo se han creado todas con la estipulación de tiempo indefinido y ademas sin estar recepcionadas los trabajos de urbanizacion y en algunos casos, me atreveria a decir que casi todos, sin proyecto de reparcelación lo que ha llevado a que el Registro de la Propiedad este hecho un desastre en lo que a las urbanizaciones de Valdemorillo se refieren.

    La ultima aberración que he oido, el jueves pasado en el Pleno, es que una Entidad de Conservación ha pedido al Ayuntamiento que los concejales sean miembros de la Junta directiva, ¡DEMENCIAL!

    Repito: UNA ESTAFA, UN FRAUDE, sino en todas casi en todas.

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  5. Me temo que mi opinión sobre el tema es algo polémica.
    Se mire por donde se mire el Ayuntamiento de Valdemorillo no recauda suficiente dinero para atender los servicios de mantenimiento de las diferentes urbanizaciones que hay en su término. Y aunque toda la corporación municipal realizase su trabajo sin cobrar un duro, seguiría sin poder atender a esas necesidades.
    Dicho esto, no cabe duda de que puestos a ello, se podría obligar a que el Ayuntamiento recepcionase a todas las urbanizaciones y que se viese obligado a atenderlas en igualdad de condiciones que el casco urbano ( que tampoco está para tirar cohetes).
    De un pozo seco no se puede sacar agua.
    Yo, por mi parte, me considero un privilegiado. Vivo en una vivienda unifamiliar con jardín propio (algo descuidado, me temo) en una zona razonablemente urbanizada y pienso que ese privilegio he de pagarlo.
    En cuanto a las cuestiones legales del tema no puedo entrar porqué las desconozco totalmente.

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  6. Luis Herranz Rodado24 de marzo de 2016, 15:04

    Mucho me temo que no es cuestión de si se tiene dinero o no. En principio no se sabe a cuento asciende el coste. ni lo quieren saber. Solo en el tema del agua Valdemorillo regala, Sí REGALA, o se le estafa todos los años del orden de 500.000 euros. ¿Por qué ha de ser así? ¿por que el ayuntamiento, aun sabiéndolo, no pone remedio? No esta relacionado con el tema de recepción, pero se pretende asociarse a este acto administrativo, por otro lado obligatorio para el Ayuntamiento.
    Todo un buen negocio para extraños.

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    Respuestas
    1. Me temo que si es una cuestión de dinero. El Ayuntamiento podrá recepcionar a las urbanizaciones y así cumplir con la ley, pero los vecinos de las urbanizaciones tendrán que seguir apechugando con el mantenimiento de las mismas a menos que quieran que su entorno se degrade a nivel de zonas suburbanas. Y en cuanto a lo del agua, no se bien que quieres decir.

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    2. Luis Herranz Rodado24 de marzo de 2016, 19:38

      Lo que quiero decir es que no se sabe cuanto cuesta la conservación de las urbanizaciones porque ya se preocupan en mantener este dato oculto, si es que lo tienen, claro. En este sentido hace una semana comunicaba al Ayuntamiento que en una urbanización de cuyos datos dispongo, el coste del mantenimiento de las infraestructuras no sometidas a facturación separada, como es el tema del agua, su coste en el 2015 había sido tan solo el 28,34 % de los costes totales.

      Sin embargo si se han acometido obras de costes muy elevados y muy inútiles donde no se han escatimado esfuerzos económicos. Ahí tienes la plaza de toros en la que hay entendidos y dicen tambiém estar bien informados que aseguran que se han empleado 12 millones de euros y aunque discrepo de este importe se que varios millones de euros se han utilizado.

      La frase de que "es que el Ayuntamiento no tiene dinero" ya la he escuchado en muchas ocasiones. Siempre he respondido lo mismo y te puedo decir que las personas que me lo han dicho no lo han vuelto a repetir delante de mí. Por que no llevan razón.

      Sobre el tema del agua, basta con que veas la factura que pasan del agua de tus consumos domiciliarios para que te des cuenta de que está mal hecha y en esas deficiencias se nos llevan esos 500.000 euros que te he citado. No considero la cuota suplementaria, si es que la pagas, que también esta mal. Si pagas el agua sin factura, con un misero recibo como ocurre en más del 50% de los hogares de Valdemorillo, no solo te están estafando, sino que se está cometiendo un fraude fiscal ya que no se está pagando el 10 % del IVA o éste no se está ingresando en Hacienda.
      No entro en la consideración de los servicios del alcantarillado y depuración para no aburrir a os lectores

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    3. Lo que veo claro es que mezclas temas sin aclarar mucho.
      El fraude fiscal, si lo hay, no tiene nada que ver con la capacidad del ayuntamiento para hacer frente a los gastos de mantenimiento de las infraestructuras de las urbanizaciones.
      Tampoco veo muy claro que tiene que ver la construcción de la plaza de toros (un exceso absurdo) con el tema que nos ocupa.
      Y, por supuesto, me vas a tener que demostrar muy bien que el Ayuntamiento puede hacer frente al mantenimiento de las urbanizaciones para que no te repita que no hay dinero para ello

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    4. Luis Herranz Rodado25 de marzo de 2016, 13:17

      En mi opinión, todo esta relacionado.
      si no hay dinero para hacer algo que es obligatorio, como la conservación, tampoco habrá para cosas superfluas. Si para estas hay dinero, ¿por qué para el resto no?
      Tampoco hay dinero para la renovación de las redes de agua y sin embargo se deja que este servicio, el del agua, lo presten personas jurídicas no autorizadas haciendo que dinero importes muy significativos se regalen al Canal y ademas se haga todo sin IVA (Fraude).
      Lo demostrar que el Ayuntamiento no tiene capacidad economica para la conservación habrá que verlo si se sabe lo que cuesta estas funciones. Si no se sabe lo que cuesta no se puede afirmar que no se puede.

      Pero por otro lado el Ayuntamiento ha manifestado en el documento del PGOU que el plan es viable y si es viable es porque podrá mantenerlo después. Si la situación actual no es viable, ¿que razones hay para que una vez ejecutado el plan si lo sea?

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    5. Luis Herranz Rodado25 de marzo de 2016, 13:48

      Juan Porras: Hay un aspecto que no soy capaz de entender. No se puede partir de la premisa de que el Ayuntamiento no puede, no tiene dinero. Debe tener dinero para todo lo que es su responsabilidad. En otro caso se debe replantear sus finanzas por un lado y sus gastos por otro. Lo que no puede hacer es dejarlo en manso de terceros para que entre ellos se lo guisen y se lo coman. Quien así actúa no puede llamarse administración, sí cualquier otra cosa.

      Recuerdo una reunión entre una urbanización, el Canal y el Ayuntamiento. Yo estaba en representación de la urbanización. Después de mucho darle vueltas por parte del Canal y el Ayuntamiento, el presidente hizo la siguiente pregunta: Pongámonos en la pero situación, supongamos que mañana en la urbanización hay un problema grave de salud por el tema del agua, ¿quien seria el responsable?. Primero respondió la actual ex-alcaldesa diciendo, tu (al presidente) que haces la distribución. La respondió el director comercial del Canal diciendo. Te equivocas Pilar, la responsable serias tu. Estúdiate el Decreto 140/200x, no recuerdo el año. Al día siguiente se pusieron en marcha los controles de calidad del agua potable en Valdemorillo.
      Yo me pregunto ¿que pasaría si llegado el momento las Entidades de Conservación dejaran de realizar las tareas de conservación y de prestar los servicios sobre el agua?
      Mi respuesta es clara. Lo tengo muy claro.

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    6. Juan Pedro Arteaga25 de marzo de 2016, 14:19

      Mi respuesta también es clara, Sr. Herranz. Al ayuntamiento se le pondría encima de la mesa una seria y grave encrucijada. O hacerse cargo directa de la situación o comunicar a la Comunidad su imposibilidad de cumplir con sus obligaciones. Lease el articulo 26 de la Ley 7/1985.
      En otras palabras, sería el comienzo de la solución.

      Supongo que Vd. va por ahí. ¿O me equivoco?

      He preguntado, no soy de Valdemorillo, sobre el numero de vecinos afectados por la situación tan irregular que detecto por las lineas anteriores. Me han dicho que Valdemorillo tiene una poblacion de derecho de unos 12 mil habit. y mas del 50 % son residentes en las Urbanizaciones y por tanto rehenes de estas problematicas.

      No pongo en duda los datos que me han dado, pero sí debo decir que me han sorprendido treméndamente.

      Mi conclusión final es que o los vecinos de las Urbanizaciones tienen una situación economica desahogada, o los vecinos de las urbanizaciones viven en la mas absoluta ignorancia, o hay intereses economicos no confesables en las Entidades y el ayuntamiento.

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    7. Luis: Estoy totalmente de acuerdo en que el Ayuntamiento ha de reconsiderar su financiación y sus gastoa para llegar a una racionalidad. Claro que este estudio podría llegar a conclusiones sorprendentes para aquellos que protestan por la cuantía del IBI.
      En definitiva (y en eso estoy de acuerdo contigo) sería necesario que el Ayuntamiento se olbidase de promesas electoralistas y cogiesecelvtoro por los cuernos.
      Por lo demás, sigo opinando que no se puede pretender vivir en la Moraleja y pagar un IBI como si se viviese en Fuenlabrada (sin ser peyorativo)

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    8. En cuanto a lo que ocurriría si las Urbanizaciones dejasen de hacerse cargo del mantenimiento, yo también lo tengo muy claro: Nos encontraríamos en un largo pleito a lo largo del cual, la situación se degradaría irremediablemente. ¿Estás dispuesto a depender de la llegada de camiones cisternas para tener suministro de agua?

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    9. Luis Herranz Rodado26 de marzo de 2016, 16:07

      Juan Porras, discrepamos. No habría ningún pleito ni cisternas para el suministro de agua.

      Habría una nueva situación, un nuevo equilibrio.

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    10. Luis Herranz Rodado26 de marzo de 2016, 16:20

      He releído los comentarios y me ha llamado la atención de una referencia que se hace a la Ley de Propiedad Horizontal,TUMBADA. Extraño eufemismo que ya había escuchado en alguna ocasión. A algún abogado. En dos ocasiones ocasiones tuve la oportunidad de tratar el tema con dos profesionales, me los presentaron como expertos en urbanismo. Los dos hacían referencia a la LPH Tumbada y los dos confundían los términos a la hora de, metidos en harina, determinar lo esencial de unos estatutos de una Junta de Compensación y de una Entidad Colaboradora de Conservación. Cuestión de mala suerte, seguro.

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