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Nueva carga para las urbanizaciones

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Jardín en urbanización = lujo para el Alcalde Si el consumo supera los 20 m³, se pasará al Bloque 2, donde la factura aumentará en un 8%. Este es el regalo del PP para este semestre y el próximo año. La subida es importante especialmente en adicción en época estival. Un auténtico atraco. Para hacer el cálculo de la factura en función del consumo de agua, consideremos lo siguiente Nuestro buen amigo y contertulio, Luis Herranz, hombre siempre con criterio; me ha pedido que aborde nuevamente el tema del consumo de agua. Donde existen diferentes bloques de consumo con tarifas asociadas; un consumo medio que se encuentra en 19.2 m³ cada dos meses, lo cual cae dentro del Bloque 1 de tarifa. Para hacer el cálculo de la factura en función del consumo de agua, consideremos lo siguiente: Si es hasta 19.2 m³, se aplica la tarifa del Bloque 1. Si el consumo es mayor a 20 m³, se aplica la tarifa del Bloque 2 (8% más cara que la tarifa del Bloque 1). El proyecto pretende una nueva estru...

El crecimiento de la población de Valdemorillo, según los datos Estadísticos

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  CLARO EJEMPLO DE AUMENTO SIGNIFICATIVO DE HABITANTES. Este incremento, que llevó a Valdemorillo de tener menos de 2.000 habitantes en los setenta a alrededor de 15.000 en la actualidad, se debe a varios factores interrelacionados. La expansión de áreas residenciales en las periferias de Madrid ha permitido atraer a nuevos residentes. Desarrollo de Infraestructuras: La mejora en infraestructuras y servicios básicos, ha hecho que estos municipios sean más atractivos. La buena conectividad por carretera y el transporte público eficiente son factores clave. Además, muchas personas buscan residir fuera de la ciudad mientras mantienen fácil acceso a ella. Mi reflexión es un llamado a considerar cómo las dinámicas demográficas y políticas pueden influir en el desarrollo de una comunidad y a pensar en estrategias para asegurar que todos los residentes tengan voz y participación en su gobernanza. Porque mi experiencia y conocimiento sobre Valdemorillo pueden ser de gran valor par...

Carta Abierta al Alcalde y al Secretario municipal

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  En su momento se hará por registro municipal, para que nadie pueda alegar ignorancia. El Ayuntamiento de Valdemorillo tiene la obligación de responder de manera expresa a cualquier petición ciudadana en virtud de un derecho fundamental recogido en el artículo 29 de la Constitución Española y regulado por la Ley Orgánica 4/2001, de 12 de noviembre. Esta ley establece que las peticiones pueden versar sobre cualquier asunto o materia comprendida en el ámbito de competencias de la Administración Local, independientemente de que afecten exclusivamente al peticionario o sean de interés colectivo o general. El artículo 29 busca unir el ejercicio de los derechos con los intereses de la comunidad mundial, exactamente para lo que la ONU fue establecida en 1945. En caso de que se haya ejercido el derecho de petición, el Ayuntamiento debe, al menos, acusar recibo de cada petición presentada , comunicándolo al interesado dentro de los diez días siguientes a la solicitud. Parece que t...